Sentencia Nº 175-2021-3C-ACUM de Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, 16-05-2022

Sentido del falloABSOLUTORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha16 Mayo 2022
Número de sentencia175-2021-3C-ACUM
Delito Limitación ilegal a la libertad de circulación
EmisorTribunal Tercero de Sentencia de San Salvador
175-2021-3C-ACUM
TRIBUNAL TERCERO DE SENTENCIA: San Salvador, a las trece horas cuarenta minutos
del día dieciséis de mayo del año dos mil veintidós.
Visto en Juicio oral y público en el Proceso Penal número 175-2021-3c, acumulada a la
causa penal número 244-2021-3c, seguido en contra de los acusados: J C V S, de cuarenta y
cinco años de edad, nació el día **********, acompañado con **********, comerciante,
originario de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, y residente en **********,
departamento de San Salvador, hijo de **********, ambos fallecidos, ha estudiado hasta
bachiller; y, W A C L, de treinta y cuatro años de edad, nació el día **********, acompañado
con **********, mecánico automotriz, originario de San Salvador, departamento de San
Salvador, actualmente reside en **********, hijo de **********, ha estudiado noveno grado;
por el delito de LIMITACIÓN ILEGAL A LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN, previsto y
sancionado en el Art. 152-A del Código Penal, en perjuicio de clave “25”.
La audiencia que fue realizada en la Sala de Audiencias 2-A del Centro Judicial Integrado
“I.M.” de la ciudad de San Salvador y presidida por el señor Juez de Sentencia
Licenciado **********, conforme a lo prescrito en los Arts. 172 y 185 de la Constitución de la
República, 17 numeral 1), 52 y 53 Inc. 4° del Código Procesal Penal, por ser el presente delito de
conocimiento unipersonal.
Compareció el Ministerio Público representado por las Fiscales, el Licenciado
********** y **********; como Defensor Particular del imputado J C V S, el Licenciado
**********; y, como defensor particular del imputado W A C L, el Licenciado **********
Leídos los autos, y considerando:
I. RELACIÓN DE LOS HECHOS SOMETIDOS A JUICIO
En el auto de apertura a juicio contra J C V S (Fs. 1149-1162, Pza. 6)
El día siete de junio del año dos mil veinte, aproximadamente a las once horas con treinta
minutos de la noche, en momentos que la víctima a quien se ha denominado clave "25" se
encontraba dormida en su casa de habitación, ubicada en ********** Soyapango, juntamente
con clave INVIERNO y sus dos nietos menores de edad, se da el caso que llegaron a su vivienda
cinco sujetos, forzaron la puerta para entrar, los cuales identificó como N M G alias "B***",
quien llevaba un arma de fuego y apuntó a la víctima clave 25, R E, alias "el E*** quien llevaba
un arma de fuego, J C alias "P***" quien llevaba un arma de fuego, W A, alias "D***, R, alias
"S***" y junto a ellos iban tres mujeres a quienes identificó que eran, M.C.T., quien llegó con un
corvo, G X F P, y K G O T, quienes le llegaron a tocar la puerta y como ella no abrió la puerta
estos sujetos le quitaron el candado y la cadena esa era la primera puerta, escuchó los ruidos y no
se imaginó que es lo que le sucedía, y salió a ver fue en ese momento que N.M.G., alias "B***" le
apuntó en la frente con el arma de fuego y junto a los demás sujetos les decían que le daba de dos
a cinco minutos para que se fuera de la casa y le decían palabras soeces, y la amenazaban
diciéndole que si no se iban de la casa los iba a matar y que iba a acabar con el más pequeño de
su familia, y conforme la amenazaban le preguntaba que si sabía sobre los hechos de un
homicidio que sucedió, pero que refiere la dicente que ella no sabía, y posteriormente la señora M
C T, les dijo vámonos ya puede venir la policía, por lo que el mismo día se retiraron de la
vivienda por temor que les pasara algo, dejando todas sus pertenencias, sigue agregando la
víctima que ella estuvo acompañada ocho años con un señor en ese tiempo, el señor consiguió el
alquiler de la casa pero desde hace cinco años dejó de convivir con el señor, a la supuesta
encargada de la casa donde vive pero se da el caso, que le cobraban diversas cuotas, lo cual sigue
manifestando que se considera ofendida y tiene temor que le pase algo a ella y a su familia ya que
los sujetos pertenecen a la mara M.M., posterior a eso se fue de la casa dejando todas sus
pertenencias las cuales llegó a retirar con custodia policial el día veintiséis de junio del presente
año y al realizar diligencias de investigación los sujetos fueron identificados con los nombres de
1) W A C L, alias "D***, 2) N M M G, alias "D***", 3) J R E R alias "E*** 4) K G O M, E N
alias "K***", 5) J C V S, conocido por "J C", 6) G X P F, 7) M C T, en razón de ello por
resolución de las ocho horas con diez minutos del día veintisiete de julio del año dos mil veinte,
el suscrito fiscal ordenó la detención administrativa a los imputados antes relacionados”.
En auto de apertura a juicio de W A C L (Fs. 1239, Pz. 14)
El día siete de junio del año dos mil veinte, aproximadamente a las once con treinta
minutos de la noche, en momentos que la víctima a quien se ha denominado clave 25 se
encontraba dormida en su casa de habitación, ubicada en la colonia **********Soyapango,
juntamente con clave "Invierno" y sus dos nietos menores de edad, se da el caso que llegaron a su
vivienda cinco sujetos, quienes forzaron la puerta de la verja de la vivienda para entrar, los cuales
la victima clave "25" identificó como N M G, alias "b***", identificado como N M M G quien
llevaba un arma de fuego y apunto a la víctima clave "25", R E alias el "E***, identificado como
J R E R, quien llevaba arma de fuego, J C Alas "P***" identificado como J C V S, quien llevaba

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