Sentencia Nº 177-11-2019-3 de Tribunal de Sentencia de Chalatenango, 12-12-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Chalatenango
Fecha12 Diciembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia177-11-2019-3
Delito Extorsión agravada
177-11-2019-3
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Chalatenango, a las quince horas con cinco minutos del día
doce de diciembre de dos mil diecinueve.
Causa número 177-11-2019-3 (Ref. FGR: 560-UPP-5-16), seguida contra el acusado
JARA, de veinticinco años de edad, soltero, estudiante, originario del municipio de Arcatao,
departamento de Chalatenango, lugar donde nació el día quince de junio del año mil novecientos
noventa y cinco, siendo hijo de la señora **********, con residencia en ********** del
municipio y departamento de su nacimiento, Documento Único de Identidad número
**********; por el delito calificado definitivamente como EXTORSIÓN AGRAVADA,
tipificado en el artículo 2 en relación con el artículo 3 Nos. 1) y 7) de la Ley Especial Contra el
Delito de Extorsión, en perjuicio patrimonial de la víctima a la que se le han otorgado medidas
ordinarias de protección de víctimas y testigos y por ello se le ha denominado con el nombre
clave “CASIMIRO”.
Como sujetos procesales acreditados en la presente causa, se encuentran: el licenciado Noé
Miranda Guardado, como agente auxiliar de la Fiscalía General de la República; el licenciado
Carlos Vidal Ramírez Ramírez, como defensor público del procesado.
El trámite de la presente causa se encuentra a cargo de uno de los señores jueces de
sentencia de este tribunal, quien además conoció del hecho atribuido al procesado en juicio oral y
público, teniendo a su cargo también la redacción y ponencia de la sentencia.
RESULTANDO:
I.- ENUNCIACIÓN DEL HECHO OBJETO DEL JUICIO.
El Ministerio Público Fiscal acusó a JARA, teniendo como sustento fáctico, la relación del
hecho siguiente: «En fecha tres de noviembre de dos mil dieciséis, la víctima clave “CASIMIRO”
se presentó a sede policial a denunciar a trece sujetos que son miembros activos de la Mara
Salvatrucha, los cuales operan en caseríos y cantones del municipio de Nueva Trinidad y
municipio de Arcatao, ambos del departamento de Chalatenango, a los cuales algunos conoce de
vista, por apodos y a otros de nombres, quienes le han estado exigiendo dinero bajo amenazas de
matarlo a él o a su grupo familiar, siendo el primero M, apodado C*** R*** o P*** , quien es
como de unos veinte años de edad, estatura pequeña, complexión delgada, piel trigueña, ojos
color café, cabello castaño, quien reside en **********, Chalatenango; el segundo, R, apodado
P***, quien es como de diecinueve años de edad, estatura alta, complexión delgada, piel trigueña,
ojos color negros, cabello negro, residente en **********, Chalatenango; el tercero, J, apodado
C***, quien es como de diecinueve años de edad, estatura alta, complexión delgado, piel
trigueño, ojos color negros, cabello negro, residente en **********, Chalatenango; el cuarto, A,
apodado S***, quien es como de veintitrés años de edad, estatura pequeña, complexión fornida,
piel morena, ojos cafés, cabello castaño, residente en **********, Chalatenango; el quinto, G,
apodado C*** o P***, quien es como de veintisiete años de edad aproximadamente, estatura
pequeña, piel trigueña, complexión fornido, ojos color negros, residente en **********,
Chalatenango; el sexto, B, apodado M*** u H***, quien es como de veinticinco años de edad,
estatura alta, complexión fornida, piel trigueña, ojos café, cabello negro, residente en Arcatao,
Chalatenango; el séptimo, G, apodado L*** o Y***, quien es como de veinticinco años de edad,
estatura alta, complexión delgada, piel trigueña, ojos color café, cabello color negro, residente en
**********, Chalatenango; el octavo, apodado C***, quien es como de veintinueve años de
edad, estatura alta, complexión fornida, piel blanca, ojos color café, cabello color negro, residente
en **********, Chalatenango; el noveno, J, apodado M***, R*** o Y***, quien es como de
veintitrés años de edad, estatura alta, complexión delgada, piel trigueña, ojos color negro, cabello
castaño, residente en **********, Chalatenango; el número diez, apodado La Z***, quien es
como de diecinueve años de edad, estatura alta, complexión delgada, piel trigueña, ojos color
negro, cabello color negro, residente en **********, Chalatenango; el número once, apodado
G***, quien es como de veintitrés años de edad, complexión fornido, piel trigueño, ojos color
negro, cabello color negro, residente en Nueva Trinidad, Chalatenango; el número, doce apodado
Z***, quien es como de veintisiete años de edad, estatura alta, complexión fornido, piel trigueña,
ojos color café, cabello castaño, residente en **********, Chalatenango; el número trece, M,
apodado C***, quien es como de cuarenta años de edad, complexión delgada, estatura alta, piel
trigueña, ojos claros, cabello castaño, residente en **********, Chalatenango. Los hechos
inician el día diez de julio del año dos mil dieciséis, a eso de las cuatro de la tarde, la víctima se
desplazaba junto al testigo “FRANCISCO” sobre la calle principal de un caserío de Nueva
Trinidad, Chalatenango y al adelantarse a unos cinco metros por un camino vecinal les salieron al
paso tres sujetos, siendo M, alias C*** R*** o P*** , R, alias P*** y J, alias C***, siendo M
C*** R***, quien se dirige directamente a él y le dijo que ellos era de la Mara Salvatrucha, que
sabían que tenía dinero y que lo estaban esperando para que les colaborara, entonces R P*** le
dijo que tenía que colaborarles con la cantidad de mil quinientos dólares, si quería seguir
viviendo tranquilamente en el lugar, a lo que la víctima les respondía que no tenía dinero para
darles, siendo así que M C*** R***, se le acercó y en seguida sacó un arma de fuego, tipo
revólver y dirigiéndosela hacia él le dijo: “Mirá, con nosotros no se juega, así que nos das la feria
que te pedimos o te morís”, por lo que la víctima le respondió que esa cantidad de dinero no la
tenía y se le hacía difícil reunirla, entonces J, apodado C***, le dijo: entonces entréganos
trescientos dólares” y que le daban un mes para que los reuniera, que los fuera a dejar en ese
mismo lugar el diez de agosto de dos mil dieciséis, a las nueve de la mañana, manifestándoles la
víctima que haría todo lo posible por reunirles el dinero que le estaban exigiendo; posteriormente
la víctima y el testigo se retiraron del lugar. El día diez de agosto de dos mil dieciséis, la víctima
clave CASIMIRO dice que por temor a que los sujetos atentaran contra su vida o la de su
familia, decidió ir a entregarles el dinero exigido, juntamente con el testigo FRANCISCO”,
llegando al lugar donde los sujetos les habían dicho, que es el mismo donde les salieron a exigir
el dinero, llegaron a eso de las nueve horas con cinco minutos de la mañana, al llegar observaron
que ya los estaban esperando y eran ocho sujetos, siendo M C*** R***, quien al igual que la vez
anterior andaba la misma arma de fuego tipo revólver, A, alias S***, quien también portaba un
arma de fuego tipo revólver a la altura de la cintura, J, alias M***, R*** o Y***, quien también
tenía un arma de fuego tipo pistola en la mano derecha, G, alias C***, quien tenía un arma de
fuego tipo pistola en la mano derecha, G, alias L*** o Y***, quien tenía un arma de fuego tipo
pistola en la mano derecha, B, alias M*** u H***, quien tenía un arma de fuego tipo revólver en
la mano derecha, el sujeto apodado C***, quien portaba un arma de fuego tipo pistola a la altura
de la cintura y el sujeto apodado Z***, a quien no se le observó si portaba arma. Y entonces A
S*** le dijo: ya te estábamos esperando para que nos des la feria que habías acordado con los
homeboys”, en ese momento la víctima le entregó los trescientos dólares al S*** y los otros siete
lo rodearon, intimidándolo con las armas de fuego que portaban, C*** le dijo que tenía seguirles
colaborando con feria, así que tenés que entregarnos trescientos dólares más, los queremos para
el quince de septiembre”, a la misma hora los venís a dejar aquí mismo y todos los demás sujetos
le decían que no le fuera a decir nada a nadie, ni que le fuera a dar parte a la jura, refiriéndose a la
Policía, porque si lo hacía entonces rápido lo matarían a él y a su familia, ya que en esa zona los

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