Sentencia Nº 185-17 de Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque, 15-11-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Sensuntepeque
Fecha15 Noviembre 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia185-17
Delito Extorsión agravada
185-17
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Sensuntepeque Departamento de Cabañas, a las doce horas del
día quince de noviembre de dos mil dieciocho.
Vista en Juicio Oral la Causa Penal número 185-17-2, instruida contra los imputados: 1)
M A G A, de treinta y cuatro años de edad, ama de casa, soltera, hija de **********, residente
en Comunidad **********, San Salvador, siendo hija de los señores **********, con cuarto
grado de escolaridad, quien no se identificó con ningún documento de identidad; y 2) J A C G,
de veintitrés años de edad, soltero, mecánico, hijo de la señora **********, y padre desconocido,
residente en **********, departamento de San Salvador, con noveno grado de escolaridad, quien
no se identificó con ningún documento de identidad; procesados por el delito EXTORSION
AGRAVADA, previsto y sancionado en el Art. 2, 3 numerales 1 y 7 de la Ley Especial contra el
Delito de Extorsión, en perjuicio de la víctima bajo régimen de protección clave "NORUEGO".
De conformidad a lo establecido en el Artículo 53 del C. Pr. Pn, la vista pública y la
redacción de la presente sentencia, estuvo a cargo de la Juez Suplente VILMA MARTINEZ
CASTRO, al ser este ilícito del conocimiento del tribunal de sentencia unipersonal.
Han intervenido como partes técnicas en el proceso, en representación del señor Fiscal
General de la República, el Licenciado ATILIO ADALBERTO ANGEL JIMENEZ, y como
defensor público de la imputada M A G A, el licenciado ABDON WILFREDO BONILLA
QUINTEROS y como defensor particular del imputado J A C G, el licenciado CARLOS
MAURICIO MIRANDA RUBIO.
I.- HECHOS ACUSADOS Y SOMETIDOS A JUICIO.
La representación fiscal presento la siguiente teoría fáctica: """"Manifesto (sic) el
ofendido testigo protegido "NORUEGO", en acta de denuncia del día cuatro de junio de dos mil
dieciséis, que se siente amenazado, él y su familia, por sujetos que los extorsionan. Todo
comenzó el día dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, cuando se encontraba en su vivienda, y
escucho que su teléfono timbraba, cuando contesto, observo en la pantalla de su teléfono, que la
llamada provenía del número ********** (correspondiendo este número al cliente J A C G,
según informe de la compañía TELEMOVIL EL SALVADOR, SA). Al contestar la llamada se
escuchó una voz del sexo masculino, que le hablaba con lenguaje de miembros de pandilla. Le
menciono su nombre, y le dijo, que no fuera (sic) a cortar, porque se arrepentiría, lo que te voy a
decir te interesa, ponele mente a lo que te voy a decir. Soy Mara Salva Trucha, el encargado de

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