Sentencia Nº 1CYM-04-17-07-20 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 22-07-2020

Sentido del falloDeclarase no ha lugar a la abstención.
Tipo de RecursoEXCUSA
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha22 Julio 2020
Número de sentencia1CYM-04-17-07-20
Tribunal de OrigenJUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR
EmisorCámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
1CyM-04-17- 07-20.
CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: San Miguel, a las once
horas y cincuenta minutos del día veintidós de julio del año dos mil veinte.
1) Por recibido el oficio número 1009, de fecha dieciséis de julio del año dos mil veinte,
mediante el cual el señor Juez Primero de lo Civil y Mercantil de esta Ciudad en funciones,
Licenciado ARNOLDO ARAYA MEJIA, plantea el INCIDENTE DE ABSTENCIÓN, a fin de
no conocer en los procesos acumulados siguientes: a) DECLARATIVO COMÚN DE
NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO, Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIONES
REGISTRALES; promovido por el Licenciado HECTOR RAMON TORRES CORDOVA, y
continuado por el Licenciado DAVID ALEJANDRO GARCIA HELLEBUYCK, como
apoderados generales judiciales de la sociedad “INMOBILIARIA SAN MIGUEL, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “INSAMI, S.A DE C.V”,
representada legalmente por el señor OLRM; contra los señores: RHDM, CAAG y EASV,
representado el primero por sus apoderados generales judiciales Licenciados BORYS ABEL
GONZALEZ FUNES, y SANTOS RAFAEL MEDRANO CASTILLO, y el segundo únicamente
por el Licenciado BORYS ABEL GONZALEZ FUNES, sustituidos ambos abogados por el
Licenciado DOUGLAS VLADIMIR ZAPATA FUENTES, en calidad de apoderado general
judicial de los dos primeros demandados; asimismo contra los señores: EASV, representado por
el Curador Ad Litem, Licenciado LUIS ROBERTO GARCIA NIETO, y además contra la
sociedad “TONICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede
abreviarse “TONICA, S.A DE C.V.”, representada legalmente por el señor JCGPJ.- b)
RECONVENCION EN PROCESO DECLARATIVO COMUN REIVINDICATORIO DE
DOMINIO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS; promovido por los Licenciados
BORYS ABEL GONZALEZ FUNES Y SANTOS RAFAEL MEDRANO CASTILLO, como
apoderados generales judiciales del señor RHDM; contra la sociedad "INMOBILIARIA SAN
MIGUEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse
“INSAMI S.A DE C.V”, representada legalmente por el señor OLRM, y en los procesos
inicialmente por el Licenciado HECTOR RAMON TORRES CORDOVA, y continuado por el
Licenciado DAVID ALEJANDRO GARCIA HELLEBUYCK.- c) A tales procesos se les
ACUMULO EL PROCESO DECLARATIVO COMUN DE NULIDAD ABSOLUTA DE
TITULO SUPLETORIO, COMPRAVENTAS, REMEDICIÓN, DONACIÓN Y

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