Sentencia Nº 207-19 de Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, 06-12-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Sexto de Sentencia de San Salvador
Fecha06 Diciembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia207-19
Delito Posesión y tenencia
207-19-1
TRIBUNAL SEXTO DE SENTENCIA: San Salvador, a las catorce horas del día seis de
diciembre de dos mil diecinueve.
Visto el Juicio Oral celebrado el día veintidós de noviembre del corriente año, en el
proceso penal instruido contra L E R R, quien es de treinta y un años de edad, soltera, ama de
casa, nació en San Salvador, el día veinte de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, hija de
los señores **********, originaria del departamento de San Salvador, residente en **********,
departamento de San Salvador, tiene dos hijos, no posee ingresos económicos, con nivel de
escolaridad de noveno grado, portadora de su Documento Único de Identidad número
**********, a quien se le atribuye la comisión del ilícito penal de POSESIÓN Y TENENCIA
con fines de Tráfico, tipificado y sancionado en el artículo 34 inciso 3° de la Ley Reguladora de
las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA. Referencia
judicial 207-19-1. Referencia fiscal 87-UEDNA-1-19.
Han intervenido como partes en el Juicio en representación del Fiscal General de la
República, la Agente Auxiliar, Licenciada MARISOL CAROLINA RAMÍREZ y como
Defensor Particular de la imputada, el Licenciado JULIO ADÁN SANABRIA ARÉVALO,
ambos mayores de edad, Abogados de la República.
Conforme a lo prescrito en el artículo 53 del Código Procesal Penal, el presente proceso
fue sometido al conocimiento de este Tribunal en forma unipersonal, siendo presidido por la
suscrita Juez GLADYS MARGARITA SALDADO AMAYA.
El presente proceso se inició mediante requerimiento fiscal presentado en el Juzgado
Séptimo de Paz de San Salvador, departamento de San Salvador, el día veintisiete de abril de dos
mil diecinueve, celebrando audiencia inicial el día veintinueve del mismo mes y año; en donde se
ordena la Instrucción del proceso, remitiéndose al Juzgado Séptimo de Instrucción de San
Salvador, en donde se celebró audiencia preliminar, el día doce de septiembre de dos mil
diecinueve, en donde se admite la acusación, dictándose el correspondiente Auto de Apertura a
Juicio de las quince horas con cincuenta minutos del mismo día año, remitiéndose el expediente a
este Tribunal.
Este Tribunal recibe el presente proceso el día dieciséis del mismo mes y año,
señalándose el Juicio para el día cuatro de octubre de los corrientes, fecha en que se reprograma a
petición de la defensa, quien tenía señalada para el mismo día y hora otra audiencia, accediendo

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