Sentencia Nº 221-2-2017 de Tribunal de Sentencia de San Vicente, 06-06-2018

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de San Vicente
Fecha06 Junio 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia221-2-2017
Delito Posesión y tenencia
221 -2-2017
TRIBUNAL DE SENTENCIA: SAN VICENTE, a las catorce horas quince minutos del día
seis de Junio de dos mil dieciocho.
El presente proceso penal bajo la referencia N° 221-2-2017, se siguió contra los
acusados 1.- ALM quien es de veintisiete años de edad, acompañado, Bachiller, originario de
Resalió La Paz, departamento de la Paz, residente en **********, **********, hijo de
********** y ********** Y 2.- EBHS, quien es de 25 años de edad, carpintero,
acompañado, originario de Zacatecoluca departamento de la Paz, Residente en **********,
frente al Itca hijo de ********** y ********** a quienes se les abrió a Juicio por el delito de
POSESIÓN Y TENENCIA CON FINES DE TRÁFICO, previsto y sancionado en el Art. 34
inciso 3º de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de LA
SALUD PUBLICA.
Han intervenido como partes en la Vista Pública, en nombre y representación del
señor Fiscal General de la República, la Agente Auxiliar Licenciada RENATO ALEJANDRO
LÓPEZ CASTRO el Defensor Público Licenciado IVAN PRIETO VALLADARES; en
representación de la defensa de los imputados ALM Y EBHS.
La vista pública se inició y concluyó este día y estuvo bajo la dirección del Juez
Propietario JOSÉ MAURICIO HENRÍQUEZ IRAHETA, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 53 Inciso último, parte final del Código Procesal Penal.
I.- INCIDENTES:
La Representación fiscal solicitó el cambio de la calificación jurídica de POSESION
Y TENENCIA CON FINES DE TRAFICO, a TRAFICO ILICITO, previsto y sancionado en el
Art. 33 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas; mientras que defensa
particular en sus incidentes de conformidad al artículo 380 Inc. 2º del Código Procesal Penal, se
opuso a la pretensión fiscal e interpuso como incidente el cambio de calificación jurídica del
delito de Posesión y Tenencia con Fines de Trafico al delito de Posesión y Tenencia, previsto en
el Inciso 2º de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas; ya que no se está
ante una comercialización de droga, sino a una posesión simple. Al concederla la palabra la
representación fiscal manifestó que se oponía al cambio de calificación jurídica, ya que la
intención o pretensión de los acusados de llevar consigo la droga no es para un simple consumo,
siendo que existen los elementos para establecer los fines de tráfico.
El suscrito Juez resuelve: Que sobre el cambio solicitado por las partes técnicas se
difiere la resolución para el momento del fallo.
II.- HECHOS ACUSADOS Y SOMETIDOS A JUICIO.
El día trece de abril del dos mil diecisiete, alrededor de las trece horas con cuarenta
minutos, los Agentes JPLA Y OAC, pertenecientes al departamento de Investigaciones de la
Delegación La Paz de la Policía Nacional Civil Se encontraban realizando diligencias de
investigación, a bordo de un equipo policial, sobre la carreta el Litoral a la altura del desvió EL
NILO, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, fueron informados por una persona
que no quiso ser identificada, que en un vehículo tipo Automóvil, color celeste Placas P.
**********, se transportaban dos sujetos que se dedican a comercializar droga en diferentes
sectores del Departamento de La Paz y otros departamentos, por lo que se dirigieron hacia dicho
lugar, observando el referido vehículo, el cual salió de la Colonia La Palmira a la Carretera del
Litoral con rumbo oriente, a una velocidad rápida, por lo que decidieron darle persecución sin
perderlo de vista, coordinando por medio de radio de comunicación Policial, con la Delegación
Policial Nacional Civil de La Paz que les dieras apoyo, el cual no fue posible de inmediato, pero
a la altura del Kilómetro setenta y dos y medio, Carretera el Litoral frente al desvío el Turco,
Cantón Santa Cruz Porrío, Municipio de Tecoluca, Departamento de San Vicente, dicho
automotor se salió a la orilla de la carretera, razón por la cual los Agentes, decidieron
intervenirlos identificándose como Policías, pero éstos retrocedieron el automotor de manera
agresiva como queriendo darse a la fuga, impactando en la parte frontal lateral derecha sobre el
parabrisas de dicho automotor, no ocasionándose ningún tipo de daño a los ocupantes del mismo,
por lo que el conductor del vehículo señor EBHS, paró la marca de dicho automotor, momento en
que el Agente JPL, le ordena los comandos verbales de Alto Policía, procediendo el Agente L, a

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR