Sentencia Nº 226-P-2018 de Corte Plena, 19-08-2021

Sentido del falloConcédese permiso para ejecutar la sentencia
MateriaFAMILIA
Fecha19 Agosto 2021
Número de sentencia226-P-2018
EmisorCorte Plena
226-P-2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas cuarenta y cuatro minutos del
diecinueve de agosto de dos mil veintiuno.
Por recibido oficio SV.MJSP.B2R.4.633.953.KC/.0381-01.2021, folios 69, pieza II,
procedente del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, junto con la comisión rogatoria
debidamente diligenciada por el Consulado General de la República de El Salvador, con sede en
la Ciudad de Silver Spring, Estado de Maryland, Estados Unidos de América., en el sentido de
haberse emplazado a la señora ********** o **********, en relación a la solicitud de auto de
pareatis para ejecutar la sentencia de divorcio con el señor **********, pronunciada por la Corte
Superior de California, Condado de S..B., Estado de California, Estados Unidos de
América.
En virtud de la facultad que le es conferida a esta Corte mediante el artículo 182 atribución
4a de la Constitución de la República de El Salvador, se llevó a cabo el análisis de la respectiva
documentación, a efecto de determinar si el auto de pareatis presentado ante este Tribunal, se
ajustaba al ordenamiento jurídico vigente para este país, habiéndose constatado que se cumplen
los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico salvadoreño para la homologación de
títulos extranjeros establecidos en los artículos 555, 556 y 558 del Código Procesal Civil y
M..
POR TANTO: de acuerdo con las razones expuestas y de conformidad con lo regulado
en los artículos 182 atribución 4a de la Constitución de la República de El Salvador, 216, 217,
218, 555, 556 y 558 del Código Procesal Civil y M., a nombre de la República de El
Salvador, esta CORTE FALLA:
a) TIÉNESE por emplazada a la señora ********** o **********, diligencia realizada
por la Cónsul de la República de El Salvador, con sede en la Ciudad Silver Spring, Estado de
Maryland, Estados Unidos de América, folios 62, pieza II.
b) CONCÉDESE permiso para ejecutar la sentencia de divorcio pronunciada por la
Corte Superior de California, Condado de San Bernardino, Estado de California, Estados Unidos
de América, en la que se declara la disolución del vínculo matrimonial entre los señores
********** y ********** y otórguesele plenos efectos.
c) DEVUÉLVASE la ejecutoria al abogado J..S..C., junto con la
documentación que la acompaña. HÁGASE SABER.
“””---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-------H.N.G.-----------SANDRA CHICAS---------A.M.----------RCCE.----------
-------P VELÁSQUEZ C--------------S.L. RIV. MÁRQUEZ-----------J.C.V.-------------
--------------E..A..P.---------------------------------PRONUNCIADO
POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN--------------------------
---------------------JULIA.I.DELCID.-------------------------RUBRICADAS---------------------------
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