Sentencia Nº 234-TSU-19-2 de Tribunal Primero de Sentencia de Sonsonate, 01-12-2020

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha01 Diciembre 2020
Número de sentencia234-TSU-19-2
Delito Homicidio simple
EmisorTribunal Primero de Sentencia de Sonsonate
234-TSU-19-2
TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA
SONSONATE
SENTENCIA
Sonsonate, a las diez horas con treinta minutos del día uno de diciembre de dos mil veinte.
Ha sido evacuado el Juicio en la causa N° 234-TSU-19-2, instruida contra MCFD, quien
es cuarenta y seis años de edad, casada, ama de casa, Salvadoreña, con fecha de nacimiento
**********, residente en **********, hija de ********** y **********, con documento
Único de Identidad número **********; y JCDN, quien es de cuarenta años de edad, casado,
empleado, Salvadoreño, con fecha de nacimiento **********, residente en residente en
**********, hijo de ********** y **********, con Documento Único de identidad número
**********; procesados por coautoría en el delito de HOMICIDIO AGRAVADO, regulado en
los Arts. 128 y 129 N° 3 en relación al Art. 33 del Código Penal, en perjuicio del Derecho a la
Vida de la víctima FMM.
Habiéndose contado con la participación de los señores Abogados FLOR DE MARÍA
LOVO y NAIDA ROMELIA VALENZUELA PADILLA, en su calidad de Agentes
Auxiliares del Fiscal General de la República y como Defensores Particulares, JULIO CESAR
REYES ESCALANTE y HÉCTOR ALFREDO CASTRO RAMOS. Expone el Suscrito Juez
KEVIN ELISEO TORRES HERNÁNDEZ en la presente Sentencia las consideraciones que
realizara para arribar al fallo correspondientes. Así tenemos los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Ministerio Público Fiscal acuso por la Teoría Fáctica SIGUIENTE:
La presente detención en flagrancia, de los señores. JCDN y MCFD se realizó a las trece horas
del día cinco de agosto del año dos mil diecinueve en el final del Pasaje número ********** del
Reparto **********, conocida como colonia IVU, de la Jurisdicción de Juayua, departamento de
Sonsonate, por parte de los agentes captores JAAP y WECG, ambos destacados temporalmente
en la Sub Delegación Policial de Juayua, departamento de Sonsonate, en la que manifestaron que
como a eso de las siete horas con treinta minutos del día cinco de agosto del año dos mil
diecinueve, en momentos que un equipo patrullaba el sector del centre de la ciudad de Juayua,
fueron informados por medio de la voz publica que en una quebrada ubicada al .final del pasaje
********** del Reparto Divina Providencia, conocida como colonia IVU, se encontraba el
cuerpo de una persona del sexo femenino fallecida, así mismo los que le habían dado muerte eran
JCDN y MCFD, en vista de dicha información los agentes fueron comisionados por parte del
clase de servicio para que se dirigieran a verificar la información con el objetivo de ubicar y
capturar a los hechores. Previo a recibir ya la información los agentes en referencia ya se
encontraban realizando patrullaje desde horas de la mañana en la zona céntrica del Municipio de
Juayua llegando al lugar de los hechos a eso de las diez horas con treinta minutos, observando
que la escena era protegida con cinta amarilla y custodiada por personal policial de la Sub
Delegación de Juayua, de este departamento, iniciando la búsqueda de los hechos a eso de las
trece horas cuando caminaba de Oriente a Poniente sobre el pasaje **********, observaron que
en dirección hacia ellos caminaba una mujer y un hombre, el hombre vestía un camisa manga
larga color gris y debajo de esta una camisa color roja, pantalón de lona color azul, zapatos de
cuero color café, piel morena, cabello negro, como de un metro con sesenta centímetros de
estatura y la mujer vestía una blusa color azul con una falda y ginas de hule color rosado, piel
morena, delgado y cabello castaño, quienes al observar la presencia de los suscritos se pusieron
nerviosos, por lo que se les mando alto y se les pidió una identificación; El hombre según el
documento Unido de identidad responde al nombre de JCDN y la fémina al nombre de MCFD, a
quienes se les hizo saber que quedarían detenidos en flagrancia por el delito antes mencionado. A
quienes se les hicieron ver sus derechos y garantías constitucionales de ley. / De igual forma de
manera muy relevante lo manifestado por el Testigo con clave El Extraño. en su entrevista con
Régimen tomada a las veintitrés horas con cuarenta minutos del día cinco de agosto del año dos
mil diecinueve en la Unidad de Atención Especializada en lo medular manifestó que tiene un mes
aproximadamente de vivir en una casa que es utilizada como un mesón, ubicado en Reparto
Providencia, Colonia el IVU, pasaje número **********, casa número ********** del
Municipio de Juayua Sonsonate, el cual posee cuatro cuartos, tres de estos los alquilan, y en el
otro residía la victima FMM quien era la compañera de vida del señor RR, propietario del mesón,
agrega que a la víctima la conocía desde hace veinte años y sabía que residía en dicho mesón
desde hace un ano, asimismo manifiesta que el día de ayer cuatro de Agosto del presente año, en
momentos que se encontraba en el interior de su cuarto, siendo como a eso de las siete de la
noche, escucho que a la altura de la entrada hacia el cuarto donde habita la señora FMM, esta
gritaba, se quejaba, lloraba, y manifestaba que por que le estaban haciendo eso, también se

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