Sentencia Nº 239-U2-2018AC de Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, 28-06-2019

EmisorTribunal de Sentencia de Cojutepeque
Sentido del falloSENTENCIA DE CONTENIDO MIXTO
MateriaPENAL
Número de sentencia239-U2-2018AC
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Fecha28 Junio 2019
Delito Extorsión Organizaciones terroristas
239-U2-2018
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, a las dieciséis horas
cinco minutos minutos del día veintiocho de junio de dos mil diecinueve.
Vista en Audiencia Oral y Pública la CAUSA Nº N° 239-U2-18/386-U2-2018, instruido
en contra de los acusados: 1) M A S, alias “C***”, quien es de treinta y seis años de edad,
nació el día siete de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, acompañado con **********,
electricista, originario de Tecoluca, San Vicente, residente antes de su detención en **********
Cuscatlán, hijo de ********** (fallecida) y padre desconocido, ha estudiado sexto grado; y 2) D
M C L, de veintiocho años de edad, nació el día cinco de octubre de mil novecientos noventa,
acompañado con **********, jardinero, originario del Carmen Cuscatlán y residente en
**********, Cuscatlán, hijo de ********** y de padre desconocido, ha estudiado tercer grado;
procesados por los delitos de EXTORSIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en los Arts. 2
y 3 Numerales 1º y 7° de la Ley Especial contra el Delito de Extorsión; y ORGANIZACIONES
TERRORISTAS, previstos y sancionados en el Art. 13 de la Ley Contra Actos de Terrorismo,
en perjuicio en su orden de la víctima Clave “PERLA NEGRA” y EL ESTADO Y LA
REPUBLICA DE EL SALVADOR.
La audiencia se inició a las diez horas con treinta minutos del día dieciocho de junio de
dos mil diecinueve en la Sala de Audiencias Virtuales del Centro Judicial de Cojutepeque, y
continuada a las once horas de este día en la misma Sala de referencia, presidida por el Juez de
Sentencia Suplente, Licenciado JOSÉ VIRGILIO JURADO MARTÍNEZ, conforme a lo
prescrito en los Arts. 172 y 185 de la Constitución de la República, 17 numeral 1, y 53 Inc. 4° del
Código Procesal Penal, por ser el presente delito de conocimiento unipersonal.
Comparecieron a la audiencia, en representación del Fiscal General de la República,
Licenciados SUSANA MENDEZ AYALA, mayores de edad, Abogados, del domicilio especial
de San Salvador, identificándose por medio de sus respectivos carné, extendido por el Fiscal
General de la República; como Defensor Público de los imputados, el Licenciado RAFAEL
ROBERTO HERRERA RAMOS, mayor de edad, abogado, del domicilio especial de esta
ciudad, identificándose por medio de sus respectivos carné, emitido por la señora Procuradora
General de la República.
Leído el Proceso, y CONSIDERANDO:
1. RELACIÓN DE LOS HECHOS SOMETIDOS A JUICIO POR EL DELITO DE
EXTORSIÓN AGRAVADA:
“El agente R A M L, el día veinticuatro de agosto de dos mil quince, recibió denuncia de
una persona quien por temor a represalias solicito se le otorgará régimen de protección ya que
estaba siendo víctima de extorsión, por unos sujetos miembros de la pandilla dieciocho sureños,
que mantienen su accionar delictivo en la zona del Cantón Santa Lucia, jurisdicción de El
Carmen Cuscatlán, quien según su entrevista manifiesta: “Que es víctima del delito de extorsión,
ya que a finales del mes de octubre del dos mil catorce, no recordando fecha exacta, como a eso
de las ocho de la noche aproximadamente cuando se encontraba en su negocio, ubicado en
Cantón Santa Lucia, jurisdicción del Carmen Cuscatlán, llego el sujeto al cual conoce por el alias
EL T***, quien es como de veintisiete años de edad aproximadamente, piel morena,
complexión fornida, color de pelo negro liso, como de un metro sesenta y cinco centímetros de
estatura, junto con otros dos sujetos uno de ellos, a quien conoce con el alias de C*** Y EL
OTRO CON EL ALIAS DE CH***, este sujeto alias C***, quien es como de treinta y cinco
años de edad aproximadamente, color de piel trigueña complexión fornido, como de un metro
sesenta centímetros de estatura aproximadamente, pelo color negro liso, y el sujeto alias CH***
es como de veintiséis años de edad, complexión delgado, como de un metro sesenta y cinco
centímetros de estatura, color de pelo negro liso, color de piel trigueña, quien vive en el Cantón
Santa Lucia y estos sujetos le dijeron “que eran de la pandilla 18 y que eran los macizos del
Cantón Santa Lucia, Caserío Barcelona, esto es de la jurisdicción del Carmen y en ese entonces
le manifestó que necesitaban que les colaborara con diez, quince o veinte dólares semanales, a
cambio de poder vivir tranquilo en ese lugar”, esto se lo dijo el T***, mientras os otros sujetos le
daban seguridad y vigilaban, exigiéndole en ese momento este T*** diez dólares, entregándole
en ese momento de la exigencia un billete de la denominación de diez dólares, para que estos
sujetos se fueran de su negocio, es así que al entregarles el dinero que le exigieron se retiraron del
lugar, posteriormente el primer fin de semana del mes de noviembre del mismo año dos mil
catorce, no pudiendo recordar fecha exacta, como a las nueve de la noche llegó el T*** a exigirle
que le entregara quince dólares y productos de su negocio y por temor a estos sujetos ya que eran
pandilleros de la l8 sureños, le entrego en ese momento un billete de diez dólares y un billete de
cinco dólares más el producto de consumo básico que le pidió este sujeto, después de ese
momento cada fin de semana entre las ocho y nueve de la noche llegaba el T*** a pedirle diez
dólares y producto de su negocio y siempre llegaba este sujeto alias El T***, hasta el día
veintiséis de enero de dos mil quince, que abrió su negocio y encontró bajo la puerta un papel
conteniendo un anónimo, en el cual le decían “que no le querían hacer nada a él ni a su señora y
que querían 1.50 para las ocho horas de hoy, y que lo pusiera en un sobre bajo la puerta “sin
especificar día y fue el día siguiente que encontró el anónimo, es decir el día veintisiete de enero
de dos mil quince, como a eso de las siete de la mañana que apareció en su negocio el sujeto alias
C*** y este sujeto le pregunto qué porque no había entregado el dinero y la víctima le contestó
que no lo había hecho porque no sabía a qué cantidad de dinero se refería ya que el papel solo
decía 1.50, no sabía si era que le pedían mil quinientos o ciento cincuenta dólares y este sujeto le
dijo que iba a contactar a la persona que se lo había enviado el papel, para saber cuál era la
cantidad y para que la víctima negociara y luego se retiró del lugar, después de eso el día
veintinueve de enero de dos mil quince, como a las nueve de la noche aproximadamente llegaron
a su negocio nuevamente varios sujetos entre ellos iba C***, C***, EL R***, EL CH*** O
CH***, EL T*** Y EL CH***, los cuales iban molestos porque no les había entregado el
dinero y el sujeto alias CH***, andaba una escopeta y el sujeto alias C***, le dijo “QUE CON
EL T*** HABÍAN LLEGADO AL ACUERDO QUE QUERÍAN QUE LES ESTUVIERA
ENTREGANDO VEINTE DÓLARES SEMANALES, A CABIO DE NO ATENTAR
CONTRA SU VIDA O LA DE SU FAMILIA Y QUE ERAN LOS MACIZOS DE AHÍ YA
QUE ERAN DE LA 18”, por lo que ante el temor que le hicieran daño opto por decirle que si les
iba a colaborar, mientras tanto los otros sujetos EL R*** quien es como de treinta y cinco años
de edad aproximadamente, delgado, moreno, pelo color negro liso, como de un metro setenta de
estatura, quien vestía ropa oscura, estaba en la esquina de la casa vigilando, el sujeto alias
T***, quien es como de veintiocho años de edad aproximadamente, pelo color negro liso, color
de piel trigueña, como de n metro sesenta y cinco centímetros de estatura, quien vestía ropa
oscura, se encontraba en la parte de la calle dándole seguridad a los otros pandilleros por si
llegaba alguien, miembros el sujeto alias CH*** O CH***, quien es como de unos veintiocho
años de edad aproximadamente, pelo negro, moreno, fornido, como de un metro sesenta de
estatura aproximadamente, quien vive por Caserío Barcelona, vestía ropa oscura, y estaba en la
parte de la calle dando seguridad y este sujeto tiene la característica de una herida en la cara, no
recordando en cual mejía, ya que siempre trata de evitar que le vea la cara y el otro sujeto alias
CH***, quien es como de unos veintidós años de edad aproximadamente, delgado pelo color
negro liso, como de un otro setenta centímetros aproximadamente, color de piel moreno claro,

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