Sentencia Nº 258-AP-M-2018 de Tribunal de Sentencia de Ahuachapan, 05-11-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Ahuachapan
Fecha05 Noviembre 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia258-AP-M-2018
Delito Violación en menor o incapaz
258-AP-M-2018
SENTENCIA
TRIBUNAL DE SENTENCIA; AHUACHAPÁN, a las once horas conquince minutos del
día cinco de noviembre de dos mil dieciocho.
Se celebró el juicio en la causa penal número 258-AP-M-2018-4, instruida al señor
MADO, salvadoreño, originario de San Francisco Menéndez, departamento de Ahuachapán,
nació el día diecisiete de enero de mil novecientos noventa y seis, de veintidós años de edad,
acompañado, jornalero, con residencia en **********, jurisdicción de San Francisco Menéndez
en este departamento, hijo de AYDO y de padre desconocido, procesado por el delito de
VIOLACIÓN EN MENOR O INCAPAZ, previsto y sancionado en el artículo 159 del Código
Penal, en perjuicio de víctima a quien se identifica a través de sus iniciales **********.,
representada legalmente por la Licenciada María Elena Valencia Calderón, Procuradora de
Familia.-
En el plenario se contó con la participación de los abogados MARTA VIRGINIA
ALBANEZ MEDINA, en su condición de Agente del Ministerio Público Fiscal, y
REMBERTO ANTONIO CARREÑO NERIO, comodefensor público del acusado.
Es responsable de la redacción de la presente Sentencia la Honorable Juez DELMY
ELIZABETH MEJIA SALAZAR, quien expone las consideraciones que realizó sobre el
presente caso. Así se tiene la siguiente:
RELACION DE HECHOS ACUSADOS.
La representación fiscal acusó al imputado por los siguientes hechos: “La señora
**********, abuela de la menor **********, denuncio en sede policial el día dieciocho de
octubre de dos mil dieciséis, que se considera ofendida de MA O, quien es vecino, en virtud que
su nieta **********, ha sido objeto de abuso sexual por dicho sujeto, en varias ocasiones,
ocurriendo la primera vez como a mediados del mes de septiembre del corriente año, en el
servicio sanitario, la segunda ocasión como a finales del mismo mes de septiembre dentro de su
casa de habitación.
Al ser entrevistada la menor **********, manifiesta que conoce a MAD, ya que está
acompañado maritalmente con una prima suya de nombre A, y llegaba a la casa a ver televisión,
hace como mes y medio aproximadamente su abuela estaba dentro de la casa ya que había un
culto religioso de evangélicos, ********** se encontraba sentada en una silla fuera de la casa,

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