Sentencia Nº 26-2018 de Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque, 30-10-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Sensuntepeque
Fecha30 Octubre 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia26-2018
Delito Homicidio agravado
26-2018
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a las once horas del
día treinta de octubre del año dos mil dieciocho.
Visto en Juicio Oral la Causa Penal Número 26-2018-2, instruida contra el imputado D A
P O D A P, de veintiocho años de edad, soltero, jornalero, residente en **********, jurisdicción
de **********; por atribuírsele el delito de HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en el artículo
128 y 129 No. 3 del Código Penal, en perjuicio del señor J S D L, adquiriendo calidad de
Ofendida la cónyuge señora, R G F L, residente en **********, Cabañas, con DUI
**********.
De conformidad a lo establecido en el Artículo 53 del C. Pr. Pn, la Vista Pública y la
redacción de la presente sentencia, estuvo a cargo de la Juez Vilma Martínez Castro, al ser este
ilícito del conocimiento del tribunal de sentencia unipersonal.
Han intervenido como partes técnicas en el proceso, en representación del señor Fiscal
General de la República, el Licenciado RAUL GARCIA LOPEZ, y como defensores
particulares del procesado, los Licenciados ALDO FRANZUA ALVAREZ ZEPEDA Y
DOUGLAS ERNESTO MELGAR ARGUETA.
I. HECHOS ACUSADOS Y SOMETIDOS A JUICIO.
La representación fiscal presento la siguiente teoría fáctica:
"""A las cuatro horas con cuarenta minutos del día trece de junio del dos mil diecisiete, en calle
principal e interior de la vivienda de la señora E P D, ubicada en **********, Cabañas, se
practicó la inspección del cadáver del señor J S D L; quien presentaba como EVIDENCIA
EXTERNA DEL TRAUMA: Orificio circular, con ahumamiento periférico, en el
epigastrio. En autopsia que realizó la Dra. Maria de los Ángeles Dawson Ramos, se estableció
que la causa de la muerte es HERIDA PENETRANTE DE ABDOMEN POR PROYECTIL
DISPARADO CON ARMA DE FUEGO. Durante la investigación de éste hecho delictivo se
cuenta con la participación del testigo protegido CLAVE 2017 quien refiere que: que el día lunes
doce de junio del dos mil diecisiete, a eso de las cuatro horas con treinta minutos de la tarde,
llegó donde el señor a quien conocía con el nombre de S D, conocido también como G, de
aproximadamente cuarenta años de edad, quien estaba sembrando maíz en terrenos ubicados en
Caserío Las Vegas, del Cantón Huertas de Ilobasco, Cabañas, que se puso a ayudarle a terminar
de sembrar el maíz, que en el lugar también se encontraba la esposa de S, de nombre r y que

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