Sentencia Nº 272-2018 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Miguel, 03-04-2019

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Miguel
Fecha03 Abril 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia272-2018
Delito Hurto agravado
272-2018
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: San Miguel, a las dieciséis horas con treinta y
cinco minutos del día tres de abril de dos mil diecinueve.
Los días veintisiete de marzo y tres de abril del año dos mil diecinueve se desarrolló
Juicio Oral y Vista Pública, en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en la causa clasificada con
el número 272/2018-3, instruida contra los imputados no detenidos:1) J E A C, quien nació el
veintiséis de julio de mil novecientos setenta y siete, en el municipio de Corinto, departamento de
Morazán, actualmente de cuarenta y un años de edad, casado con **********, ganadero,
residente en **********Municipio de **********, departamento de San Miguel, hijo de
**********, con Documento Único de Identidad número **********; y 2) J M T C, quien
nació el dieciocho de septiembre de mil novecientos setenta y ocho, en el municipio de Corinto,
departamento de Morazán, actualmente de cuarenta años de edad, agricultor, soltero, residente en
**********Municipio de El **********, departamento de San Miguel, hijo de **********,
con Documento Único de Identidad número **********; por la comisión del delito de HURTO
AGRAVADO, tipificado y sancionado en el artículo 207 relacionado con el articulo 208 numeral
6 y 8 del Código Penal; en perjuicio de laVÍCTIMA CLAVE 1464.
El presente juicio fue realizado unipersonalmente por la señora Juez Interina Licenciada
BERTA GLADYS QUINTANILLA DE NOLASCO, de conformidad con el artículo 53 inciso
final del Código Procesal Penal; acompañado de la Secretaria de Actuaciones Licenciada
LILIANA PATRICIA APARICIO DE VILLATORO.
Intervinieron: por la Fiscalía General de la República, en su calidad de Agente Auxiliar
del Fiscal General, las Licenciadas SANDRA ELIZABETH ARIAS DE MÉNDEZ y
LEONOR ISABEL PARADA ROMERO; y como Defensoras Particulares de los acusados, las
Licenciadas LIHIDALMA LARA COLATO y MARÍA MAGDALENA ZELAYA DÍAZ, en
representación de los intereses de los justiciables.
DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS
Los hechos conocidos en la presente Vista Pública y tal como lo plantea la Fiscalía
General de la República en su escrito de acusación y admitidos por el Juez instructor, sucedieron
de la siguiente forma: “““““La victima clave “1464” se dedica a la crianza de ganado y en razón
de ello sus animales permanecen pastoreando en terrenos ubicados en la zona rural de la
jurisdicción de El Transito, lugar en el cual son cuidados por sus corraleros quienes los dejan en
dicho lugar por la mañana y regresan a traerlos por las tardes, siendo víctima de hurto de sus
semovientes desde enero de dos mil dieciséis hechos sobre los cuales sus corraleros le informan
que sus animales habían sido hurtados sin tener conocimiento de sus autores pero con la
colaboración e información proporcionada por el testigo clave 146b4-A se determina que los
responsables eran los individuos J E A y J M T.
En el mes de enero del año dos mil dieciséis en horas de la mañana el testigo clave 1464-
A se encontraba buscando leñe en terrenos rurales del municipio del Tránsito, dándose el caso
de que en los mencionados terrenos en la parte más alta del lugar, pudo observar un animal
(Toro) de color Hosco Blanquizco, amarrado con un lazo y sujetado a un árbol y cerca de este
animal se encontraban los imputados J E A C y J M T C aproximadamente a unos diez metros de
distancia, por lo que al ver sospechosa la situación le dio temor acercarse mucho al lugar
llegando a una distancia de cincuenta metros del lugar y enseguida se retiró. En horas de la
mañana del siguiente día como a eso de las cero horas cinco minutos el testigo clave 1464-A se
encontraba esperando transporte y pudo observar que circulaba un carro de color rojo con
cama de madera de color rojo en el que llevaba un semoviente (Toro) de las mismas
características del animal que un día antes había visto, en el mes de febrero del año dos mil
dieciséis en horas de la tarde se encontraba cazando animales monteses con una honda u ondilla
siempre en la misma zona rural del Transito cuando caminaba por la vereda de dicho lugar se
encontró con los imputados J E A C y J M T C quienes llevaban arriado un animal (una vaca) de
las características siguientes de color prieta, y que la arriaban hacia el rumbo sur, llevándola
amarrada de ambos cuernos con un lazo llevándola sujeta el individuo a quien reconoce por el
nombre de J E y arriándola el individuo de nombre J M, sigue manifestando que cuando pasan
cerca de él le dijo J E “Tú no has visto nada mejor quédate callado que nada te va a pasar por
que ya sabes que nosotros somos apoyados por los mareros de todos estos cantones”.
El mes de marzo del año dos mil dieciséis en horas de la tarde casi oscureciendo, el
testigo clave 1464-A regresaba de su trabajo y se conducía por la misma zona rural de El
Transito y observo que los señores J E A C y J M T C tenia amarrado con un lazo y sujetado a un
árbol de tigüilote (una vaca) de características siguientes: de color osca negra, estos al verlo
solo le movieron la cabeza como le cabecearon, por lo que siguió su camino.
En el mes de abril de dos mil dieciséis en horas de la mañana el testigo cortaba zacate en
los mismos terrenos rurales de la jurisdicción de El Transito y observo que iban los individuos J

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