Sentencia Nº 299-18 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Miguel, 05-03-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Miguel
Fecha05 Marzo 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia299-18
Delito Posesión y tenencia
299-18
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: San Miguel, a las catorce horas con cincuenta
minutos del día cinco de marzo del año dos mil diecinueve.
La presente sentencia condenatoria se emite en juicio oral y público, realizado este día, contra; J
F H R; procesado mediante expediente número 299/18-2, iniciado por requerimiento fiscal
presentado al Juzgado Primero de Paz de esta ciudad, el día dos de marzo del año dos mil
dieciocho, continuado por el Juzgado Primero de Instrucción de esa misma ciudad y concluido
por este tribunal; J F H R, es salvadoreño por nacimiento, tiene actualmente veinte años de edad,
está acompañado, trabaja como auxiliar de estructuras metálicas, nació en Puerto El Triunfo
departamento de Usulután, el día veintidós de diciembre del año mil novecientos noventa y
nueve, reside en **********de esta ciudad, es hijo de **********
Al procesado se le atribuye la comisión del delito de Posesión y Tenencia, tipificado y
sancionado en el artículo 34 Inciso de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las
Drogas, en perjuicio de la Salud Pública, delito por el cual ha sido declarado culpable en la
presente sentencia y por ello se le ha impuesto la pena de tres años de prisión, la cual se le ha
reemplazado por igual tiempo de Trabajo de Utilidad Pública.
El presente juicio fue realizado en forma unipersonal por el juez, José Luciano Lovato Santos, de
conformidad con el artículo 53 del Código Procesal Penal.
Intervinieron: En representación del señor Fiscal General de la República, la Licenciada, Gloria
Esperanza Martínez y en la defensa pública del acusado, la Licenciada, Blanca Rosa Molina.
HECHOS SOMETIDOS A CONOCIMIENTO
Los hechos sometidos a conocimiento fueron presentados en la acusación y admitidos en el auto
de Apertura a Juicio por el Juez Instructor de la siguiente forma:Que el día veintisiete de febrero
del año dos mil dieciocho, como a eso de las catorce horas con treinta y cinco minutos, los
agentes del Sistema de Emergencias Novecientos Once de esta ciudad, V M G y F Á V, dejan
constancia de la detención en flagrancia del imputado J F H R, en virtud de que en momentos que
realizaban patrullaje preventivo sobre la avenida Palestina de la colonia Milagro de la paz de esta
ciudad, se recibió información que sobre la avenida número dos y pasaje sin nombre, se
encontraba un grupo de sujetos con apariencia de pandilleros y armados, por lo que procedieron a
verificar información.

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