Sentencia Nº 2CYM-5-26-04-21 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 14-06-2021

Sentido del falloConfírmase la resolución venida en apelación.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha14 Junio 2021
Número de sentencia2CYM-5-26-04-21
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL
2CyM-5-26-04-21
CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las
ocho horas y cincuenta minutos del día catorce de junio de dos mil veintiuno.
I - IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DEL PROCESO:
1. Esta apelación se refiere a las DILIGENCIAS PRELIMINARES DE
CITACIÓN PARA RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, procedentes del
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, promovidas por
el L.enciado V.M.R.M., mayor de edad, abogado y
notario, de este domicilio, con tarjeta de identificación de abogado número **********, como
apoderado general judicial y especial del señor ARAT, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo
Fitotecnista, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: **********, contra
el señor ARAT, mayor de edad, agricultor, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número **********, representado por su apoderado general judicial L.enciado J..
.
E..C..R., mayor de edad, abogado, de este domicilio,
originalmente con Tarjeta de Identificación de Abogado número **********, ahora número
**********.
2. Las diligencias ya relacionadas han sido clasificadas en el JUZGADO
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, con el Número Único de
Expediente: 00572-21-CVDP-2CM1/DP-01-2021/R1; y en esta Cámara bajo la referencia: 2º
Cy M./ # 5/ 26-04- 21.-
3. La presente resolución se dicta como lo dispone el Art. 213 CPCM, por el
L.enciado JOSE S..A..V., en calidad de Magistrado
Presidente de esta Cámara, y por la L.enciada G..N..A.G.,
como Segunda Magistrada de Cámara, después de desarrollada la audiencia, y en cumplimiento
de los Art. 514 CPCM y Art. 515 CPCM.-
II - RESOLUCION RECURRIDA:
4. El auto definitivo apelado fue dictado por el señor JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL de esta ciudad, a las quince horas del día doce de abril de dos mil
veintiuno, en cuya parte resolutiva literalmente dice: ““ l. TENGANSE POR RECONOCIDOS
de parte del Sr. ARAT, los cuatro documentos privados en los que consta la siguiente
información: ----- (i) N° 1, LETRA DE CAMBIO SIN PROTESTO, S.M., $ 7,000. Fecha
de vencimiento: El Día dieciséis de marzo de 2018. P. a la orden de ARAT, la cantidad de
siete mil dólares. La obligación del aceptante de la presente se origina de operaciones mercantiles
entre el librador y el librado, según contrato (o comprobante) de fecha 16/03/2017 que él designe
al aceptarla. Nombre del librado: ARAT, D.S.M., firma del librador “ilegible”.
ACEPTADO fecha 16/03/2017, Ciudad o lugar donde será pagada: S.M., Firma del
aceptante “ilegible. ------- (ii) N° 3, LETRA DE CAMBIO SIN PROTESTO, S.M., $
7,000. Fecha de vencimiento: El Día dieciséis de marzo de 2020. P. a la orden de ARAT, la
cantidad de siete mil dólares. La obligación del aceptante de la presente se origina de operaciones
mercantiles entre el librador y el librado, según contrato ( o comprobante) de fecha 16/03/2017
que él designe al aceptarla. Nombre del librado: ARAT, Domicilio: Col. **********, S.
.
M., firma del librador “ilegible”. ACEPTADO fecha 16/03/2017, Ciudad o lugar donde será
pagada: S..M., Firma del aceptante “ilegible. ------- (iii) N° 4, LETRA DE CAMBIO SIN
PROTESTO, S..M., $ 7,000. Fecha de vencimiento: El Día dieciséis de marzo de 2021.
P. a la orden de ARAT, la cantidad de siete mil dólares. La obligación del aceptante de la
presente se origina de operaciones mercantiles entre el librador y el librado, según contrato ( o
comprobante) de fecha 16/03/2017 que él designe al aceptarla. Nombre del librado: ARAT,
D.S.M., firma del librado “ilegible”. ACEPTADO fecha 16/03/2017, Ciudad o
lugar donde será pagada: S.M., Firma del aceptante “ilegible. ------- (iv) N° 5, LETRA DE
CAMBIO SIN PROTESTO, S..M., $ 7,000. Fecha de vencimiento: El Día dieciséis de
marzo de 2022. P. a la orden de ARAT, la cantidad de siete mil dólares. La obligación del
aceptante de la presente se origina de operaciones mercantiles entre el librador y el librado, según
contrato (o comprobante) de fecha 16/03/2017 que él designe al aceptarla. Nombre del librado:
ARAT, D.S.M., firma del librado “ilegible”. ACEPTADO fecha 16/03/2017,
Ciudad o lugar donde será pagada: S..M., Firma del aceptante “ilegible. ------ II. Siendo
que, conforme al Art. 260 Inc. Ultimo del Código Procesal Civil y M., sólo será recurrible
la decisión que estima justificada la oposición, declárase firme esta resolución y extiéndasele a la
parte solicitante, certificación integra de estas diligencias y devuélvansele los documentos
privados antes relacionados. ----- La certificación ordenada podrá ser retirada de esta sede
judicial por la parte solicitante, luego de CINCO DIAS HABILES siguientes a la notificación del
presente proveído.---- NOTIFIQUESE.””
IlI - ANTECEDENTES DE HECHO:

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