Sentencia Nº 30-20-3U de Tribunal Segundo de Sentencia de Zacatecoluca, la Paz, 14-09-2020

Sentido del falloABSOLUTORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha14 Septiembre 2020
Número de sentencia30-20-3U
Delito Limitación ilegal a la libertad de circulación
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Zacatecoluca, la Paz
30-20-3U
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA DE ZACATECOLUCA, a las doce horas del día
catorce de septiembre de dos mil veinte.
La presente Sentencia definitiva es pronunciada por el Honorable Juez de Sentencia
Licenciado JOSÉ ANTONIO GARCÍA LIZAMA, de acuerdo a la prueba incorporada en el
juicio oral y público, realizado el día veintisiete y treinta y uno de agosto de dos mil veinte, en el
proceso penal con referencia 30-20-3U, en contra de H L G R, quien según identificación
realizada en vista pública es de treinta y cinco años de edad, casado, agricultor, con ingresos solo
para consumo, produce arroz frijol maíz, que tiene dos hijos uno de nueve y otro de seis años, con
estudios hasta séptimo grado, casado con **********, su hijo de nueve años se llama
**********, y la niña **********, hijo de maría **********, residente en Cantón **********,
La Paz, a quien se le atribuye el delito de LIMITACIÓN ILEGAL A LA LIBERTAD DE
CIRCULACIÓN, previsto y sancionado en el art, 152 -A inc. Ultimo, del Código Penal, en
perjuicio de K L D DE P y del niño ********** quien es representado legalmente por su madre
L S A.
Han intervenido como partes en el plenario, en calidad de agente auxiliar del Fiscal
General de la República, el Licenciado JOSE VICTORINO OSEGUEDA MONTERROSA y
como defensores particulares del imputado los Licenciados SANTOS RAYMUNDO GARCÍA
GOMEZ e ISABEL CAROLINA RAMOS SANCHEZ.
I. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS
Conforme al sustrato fáctico expuesto en el auto de apertura a juicio (Fs. 148-151), los hechos
debatidos fueron los siguientes:
"El proceso de investigación dio inicio con la interposición de la denuncia por parte de la
víctima K L D DE ,P en el área de delitos generales del departamento de investigaciones de la
Policía Nacional Civil del municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz, a las diez horas
con cero minutos del día once de enero de dos mil diecinueve, en la cual manifiesta que el día
dieciocho de diciembre del año dos mil dieciocho, como a eso de las seis horas con cuarenta y
cinco minutos aproximadamente recibió una llamada telefónica del número **********, a su
número de teléfono personal **********, en la cual le manifestaron que no la querían ver en el
cantón de lo contrario atentarían en contra de su vida o la de su hermano J G D S, y que el sujeto
que le realizo dicha llamada telefónica se identificó como el alias de el R y este decía que estaba

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