Sentencia Nº 306-3-2016 de Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, 18-08-2017

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador
Fecha18 Agosto 2017
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia306-3-2016
Delito Homicidio agravado
306-3-2016
TRIBUNAL 4° DE SENTENCIA
San Salvador, a las trece horas del día dieciocho de agosto de dos mil diecisiete.
Ha sido evacuado el juicio de la Causa registrada en este Tribunal bajo referencia N° 306-
3-2016, instruida contra los señores: I) HENRY ALBERTO S. P., alias 'C.' o 'B. DE P.', quien
dijo ser de veinticuatro años de edad, soltero, zapatero, originario de Santiago Texacuangos,
departamento de San Salvador, donde nació el día dieciséis de noviembre de mil novecientos
noventa y dos, hijo de los señores […], residente en Colonia […], Anexo 2, casa número […],
Santiago Texacuangos, San Salvador; II) JORGE RENÉ C. S., alias 'EL P.', quien según dijo ser
de veinte años de edad, acompañado con […], tiene una hija, zapatero, originario de Santiago
Texacuangos, departamento de San Salvador, donde nació el día veinticuatro de mayo de mil
novecientos noventa y seis, hijo de la señora […] y padre desconocido, residente en calle […],
Barrio El […], casa # […], Santiago Texacuangos, San Salvador; III) RAÚL ERNESTO C. P.,
alias 'F.' o 'P.', quien refirió ser de veinte años de edad, acompañado con la señora […], tiene una
hija, zapatero, originario de Santiago Texacuangos, departamento de San Salvador, donde nació
el día cuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete, hijo de los señores […], residente en
Barrio El […], Pasaje El […], casa número […], Santiago Texacuangos, San Salvador; y IV)
MIGUEL ÁNGEL B. M., alias 'B.','D.' o 'Á.', quien refirió ser de treinta años de edad,
acompañado con […], ayudante de electricidad, originario de Olocuilta, departamento de La Paz,
donde nació el día once de agosto de mil novecientos ochenta y siete, hijo de los señores […],
residente en Colonia […], Pasaje […], casa número […], Santiago Texacuangos, San Salvador; y
Y) JONATHAN VLADIMIR C. L. alias 'EL T.' o 'B.', quien dijo ser de veintidós años de edad,
acompañado con la señora […], tiene dos hijos, carpintero, originario de Santo Tomás,
departamento de San Salvador, donde nació el día tres de octubre de mil novecientos noventa y
cuatro, hijo de los señores […}, residente en Colonia […}, Pasaje […], casa número […},
Santiago Texacuangos, San Salvador; a quienes se les atribuyó Coautoría Directa en la comisión
del delito de HOMICIDIO AGRAVADO, según lo previsto y sancionado en los Arts. 128 y 4
129 N° 3 del Código Penal, en perjuicio del Derecho a la Vida de la joven YANCI YAMILETH
L. P.
Durante el plenario se contó con la participación de los Abogados siguientes:
A)
CARLOS ERICK PÉREZ MOLINA en calidad de Agente Auxiliar de la Fiscalía
General de la República.
B)
LUIS ERNESTO GONZÁLEZ en condición de Defensor Particular del imputado C. L.
C) JAIME DAVID GUERRERO MOLINA, como Defensor Público de los imputados S. P.,
C. S., C. P., y B. M.
La vista pública fue conducida por la señora Jueza VIRGINIA LORENA PAREDES DE
DUEÑAS, quien ha sido la responsable de redactar los argumentos que sustentan la presente
Sentencia de Mérito, luego de la respectiva valoración sobre los medios de prueba producidos.
HECHOS. ACUSADOS Y SOMETIDOS A JUICIO
Conforme al sustrato fáctico expuesto en el dictamen de acusación, los hechos debatidos
fueron los siguientes:
- Que, el presente caso dio inicio mediante Inspección Ocular Policial de Levantamiento
de Cadáver de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil quince; iniciándose la investigación
y logrando establecer contacto con dos testigos presenciales, los cuales por seguridad solicitaron
se les otorgara Régimen de Protección para Victima y Testigos; y los cuales en sus entrevistas
manifestaron.
- Que, el testigo clave "CHICAGO" tiene varios años de residir en la Colonia Santa
Isabel número Dos, Santiago Texacuangos, San Salvador, que el día diecinueve de diciembre del
año dos mil quince, aproximadamente a las seis de la tarde con veinticinco minutos (dieciocho
horas con veinticinco minutos), el entrevistado salió de su casa de habitación, con el fin de
dirigirse hacia una vivienda ubicada a mediados del pasaje número uno de la referida colonia, con
el fin de visitar a una persona que reside en esa vivienda, con quien tiene una relación de amistad,
por lo que al dirigirse caminando sobre el final de la calle El Níspero de la referida colonia,
empezó a caminar sobre el pasaje número uno, al dirigir la vista al final de ese pasaje observo que
sobre ese mismo pasaje y en dirección hacia donde el entrevistado caminaba se dirigirían varios
sujetos, quienes vestían ropas oscuras, por ser un lugar peligroso, el entrevistado sintió temor y
opto por regresarse y dirigirse caminando sobre una vereda que llegaba a una elevación de un
terreno baldío el cual se ubica en la esquina de la intercepción del pasaje número uno y el final de
la calle El Níspero, en ese lugar existe abundante vegetación por lo que de manera sigilosa, para
no ser detectado, se ocultó en ese lugar.
- Que, momentos después, observo que hasta el final de ese pasaje número uno, varios
metros antes de llegar hasta el final de la calle El Níspero, llegaron los mismos sujetos que

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