Sentencia Nº 32-2021 de Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana, 25-05-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha25 Mayo 2021
Número de sentencia32-2021
Delito Extorsión agravada
EmisorTribunal Primero de Sentencia de Santa Ana
32-2021
TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA: S.A., a las catorce horas con cuarenta
minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno.
El presente proceso penal clasificado bajo el número 32-2021, se ha seguido en contra de
procesado M A O L, quien es de veintiún años de edad, soltero, reciclador de latas y botellas,
salvadoreño porque nació en la ciudad de Ahuachapán el **********, residente en casa número
**********, cerca de cancha ********** del municipio de ********** de este departamento,
hijo de **********; por atribuírsele el delito de EXTORSIÓN AGRAVADA, previsto y
sancionado en los Arts. 2 y 3 núms. 1 y 7 de la Ley Especial Contra el Delito de Extorsión; en
perjuicio patrimonial de la víctima identificada bajo régimen de protección clave “323”.
De conformidad a lo dispuesto en el Art. 53 Inc. final y 366 CPP., la vista pública fue
presidida por el S.J.M.E.R..T.; figurando como representante del
Fiscal General de la República el Licenciado Israel Valiente Rivera y, en calidad de Defensor
Público del procesado el de igual título O.M.C.O..
El Ministerio Público Fiscal acusó al implicado por medio del libelo correspondiente en el
cual se enuncia el hecho que ha sido objeto del juicio y, que en lo pertinente dice: ““(…) Las
presentes diligencias nacen a la vida jurídica a través de denuncia interpuesta en sede policial el
día 26 de febrero de 2020 a eso de las 11:30 horas por parte de la víctima clave 323, quien
manifiesta ser trabajador de la “Ciudad” de Chalchuapa, y que el día 25 de febrero de dos mil
veinte como a eso de las diez de la mañana mientras se encontraba en su lugar de trabajo en la
“Ciudad” de Chalchuapa, se le acercó un sujeto desconocido y este le “entrego” un sobre sellado
manifestándole que estuviera pendiente de la llamada, es así como en ese momento la “victima”
clave 323 recibe el sobre y lo abre el cual contenía un documento con letras negras, en el que
decía que le mandaban un celular para que atendiera las llamadas y si les echaba a la policía
(jura) lo matarían o algún trabajador suyo. A la vez le decían que le pagaban a los chavalas
(miembros de la pandilla 18) y que si salían con una cagada lo iban a matar; dicho documento
firmado por la mara MS 13 Chalchuapa. Agregando la victima clave 323 que desde ese día ha
estado pendiente que suene el teléfono para poder contestar; ante esta situación la victima clave
323 por el temor a su vida y el miedo que siente a estos sujetos ha optado por denunciar,
sintiéndose ofendido de los hechos; es así como es asesorado sobre el procedimiento a seguir en
las diligencias de investigación y la victima sede la negociación al agente D E G R, para que
establezca comunicación con el sujeto extorsionista. ---- ACTA DE ENTREGA DE DINERO
Y SERIADO DE BILLETES. ---- A las 08:00 horas del (…) 04 de marzo de 2020, estando
presente la victima clave 323 en la Unidad del Equipo Local Antiextorsiones de la Policía
Nacional Civil de S.A., y habiendo establecido negociaciones el investigador del caso
AGENTE D E G R, con el sujeto que exige el dinero a la víctima clave 323, este día se llevaría a
cabo la entrega; la victima clave 323 proporciona la cantidad de DIEZ DOLARES de los Estados
Unidos de América, consistente en UN BILLETE, de la denominación de DIEZ dólares de los
Estados Unidos de América serie: MB 62925480 D, billete que es fotocopiado y agregado a las
diligencias de investigación, el cual es agregado en un sobre manila con recortes de papel
periódico, simulando la cantidad de TRESCIENTOS DOLARES, paquete que se le entregara a o
los sujetos que lleguen a recogerlo. ---- ACTA PREVIA DEL DISPOSITIVO Y
CONFORMACION DE EQUIPOS ---- A las 08:20 horas del (…) 04 de marzo de 2020,
teniéndose conocimiento por parte del investigador AGENTE D E G R, que para este día a eso de
las once de la mañana se llevaría a cabo la entrega de dinero exigido por parte de sujetos de la
mara salvatrucha del sector de Chalchuapa a la víctima clave 323, deja constancia de la
conformación de equipos de personal policial que realizaría vigilancia, seguimiento e
identificación del o los sujetos que lleguen a retirar el dinero, conformando los equipos de la
siguiente manera: EQUIPO NUMERO UNO conformado por el Subinspector E A G, y el
agente D E G R, quienes de manera encubierta serían los encargados de entregar el dinero, y el
agente G R, el encargado de negociar y realizar la entrega del paquete señuelo, mientras el
Subinspector G, como encargado de darle seguridad agente G R; EQUIPO NUMERO DOS
conformado por los agentes E A L A, y Y E F G, quienes vistiendo ropa de civil y a una distancia
prudencial de unos 150 metros de distancia al costado oriente, con la misión de observar el
momento de la entrega e informar a los demás equipos el rumbo que tomaría quien retire el
dinero; EQUIPO NUMERO TRES conformado por los agentes S A B M, y M “A” S H, a bordo
de la motocicleta policial (…), quienes se ubicarían a una distancia prudencial de unos 150
metros de distancia al costado poniente, y vistiendo sus uniformes y equipos policiales como los
encargados de identificar y requisar el o los sujetos involucrados. --- ENTREGA BAJO
COBERTURA POLICIAL. ---- A eso de las 10:30 horas del (…) 04 de marzo de 2020, ya
conformados los equipos de trabajo para la cobertura policial, el personal policial se dirige hacia
el lugar que se había negociado es decir la “Ciudad” de Chalchuapa donde se había acordado con

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