Sentencia Nº 348-AP-M-2019 de Tribunal de Sentencia de Ahuachapan, 01-06-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha01 Junio 2021
Número de sentencia348-AP-M-2019
Delito Amenazas con agravación especial
EmisorTribunal de Sentencia de Ahuachapan
348-AP-M-2019
TRIBUNAL DE SENTENCIA AHUACHAPÁN, a las dieciséis horas del día uno de junio de
dos mil veintiuno.
Causa Número 348-AP-M-2019-4, seguida por el Pueblo de El Salvador contra AYSA
quien es salvadoreña, de cincuenta y cinco años de edad, nació el día dieciocho de julio de mil
novecientos sesenta y seis, acompañada, comerciante, con residencia en ********** de esta
ciudad hija de ********** y de **********, estudió primer año de Bachillerato y su ingreso
económico es de dos mil a cuatro mil dólares mensuales, procesada por los delitos de ESTAFA
AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos –en adelante “art.” o “arts.”-215 y 216
numeral 2del Código Penal –en lo sucesivo “CP”; y, EXTORSIÓN en su modalidad de delito
continuado previsto y sancionado en los arts.2 y 3 de la Ley especial Contra El delito de
Extorsión en lo subsiguiente “LECDE”- en relación con el art. 42 CP, ambos ilícitos en perjuicio
deLVCE.
Actuaron, la licenciada ROSA ESPERANZA BARRIENTOS ALVARADO, en su
calidad de Agente del Ministerio Público Fiscal; el licenciado J..F..
.
E., en su calidad de querellante; y, en calidad de defensores particulares de la
justiciable SA, los licenciados J.R..A.S., J..
.
A.C.A. y J.R.M.E.. -
Dirigió la vista pública y es responsable de esta sentencia el J.H..B.
FLORES ALAS. -
RESULTANDO.
La P.entación fiscal acusó a la imputada por los siguientes hechos: “El
presente caso inició por el Licenciado (sic) J.F.E., en fecha tres de
enero del año dos mil diecisiete, donde estableció lo siguiente: Que su poderdante la señora
LVCE, conoció a la señora AYS, porque en su casa de habitación residían dos sobrinas políticas
quienes responden a los nombres de KPP y WBC, quienes eran clientas del señor ARG, quien es
esposo de la señora S; pues este vendía mercadería variada, (ropa-perfumería), entre otros, que a
este señor lo conocen desde antes pues fue vecino de la residencia de la señora C, pero que KP se
fue para E.ados Unidos en enero de 2005, quedando en la residencia junto con la señora C la
señorita C, que en ese tiempo el señor RG, llegaba a la casa pero en forma esporádica, luego se
va de la casa la señorita C en el mes de noviembre de dos mil cinco y como la relación de
negocio la tenía con dichas señoritas el señor RG ya no llegó a la casa de su representada.
Asimismo (sic) la señora C conoce a la señora S de vista, desde cuando ella era pequeña,
quien actualmente residen en **********. Que dicha señora es la esposa del señor RG, con
quien inicio a conversar; aproximadamente en el año dos mil once, pues coincidían en el mismo
salón de belleza lugar (sic) en donde la señora S le ofrecía mercadería y le decía que ella vendía
diferentes productos y que cuando necesitara algo que solo le dijera a ella y se lo conseguiría a lo
que en un primer momento la señora C respondió que no necesitaba nada, pero continuaron
coincidiendo en el salón de belleza y en una de esas coincidencias les dijo que la visitó los
primeros días del mes de mayo de dos mil once y le dijo que aprovechando que se acercaba el día
de las madres le ofreció joyas de acero expresándole que por el pago no se preocupara ya que en
primer lugar se lo daría barato y por cuotas, manifestándole la señora S a la víctima que tenía
dinero y que sabía que su esposo estaba en E.ados Unidos pero ella no quiso comprarle nada y le
dijo que no era cierto que tenía dinero a lo que la señora S le dijo que era una tacaña, que no fuera
boba que su esposo estaba en E.ados Unidos dándose la grande, mientras ella solo en la casa
pasaba y le recomendó que se pusiera bonita, que se comprara joyas entre otras cosas que le dijo
y como no le compró nada siguió llegando a la casa continuamente, o sea todos los días, como a
eso de las seis de la tarde y se iba entre las ocho y nueve de la noche, pues el esposo la llegaba a
dejar y luego a traer.
Que en ese espacio de tiempo, platicaban de diferentes temas y ella siempre aprovechaba
para proponerle que le comprara lo que vendía, y así se fue metiendo en la casa ganándose la
confianza de la víctima; que esa situación duró aproximadamente dos años, y en ese tiempo
siempre le proponía mercadería hasta que un día de esos que la visitaba constantemente le dijo
aquí está un set de ropa de cama para dormir expresándole que no fuera tacaña y que se lo
comprara, a lo que la víctima ya aburrida de tanta insistencia le dijo “está bien pues déjelo se lo
pago mañana”, que esto fue como a los tres meses después que la comenzó a visitar todos los
días, a eso de finales del mes de julio del año dos mil once, después de ese negocio continuó
insistiendo y entonces si hacía negocio de manera continua con la señora S y le pagaba las cosas,
que ella como siempre solo le decía aquí le traigo hay págamelo cuando pueda, pero la víctima le
cancelaba lo más tardado en quince días, pues su esposo le enviaba dinero de E.ados Unidos el
que era suficiente como para pagar lo que la señora S le vendía, además la víctima viajaba a
E.ados Unidos una vez al año y cuando iba a dicho país traía lo necesario, respecto a ropa
joyas-perfumes pues su esposo se los compraba en E.ados Unidos y cuando regresaba se lo traía
al país por lo que no tenía la necesidad de comprarle a la señora S lo que le proponía.
Sin embargo (sic) ella continuaba insistiendo; a través del tiempo que le comprara los
productos que ella vendía y continúo llegando constantemente a su casa e incluso hubo días que
le llevaba comida a su casa, y recuerda bien que la primera vez le llevó una sopa para el almuerzo
no recordando fecha exacta pero si fue en el mes de septiembre de dos mil once, diciendo la señor
S “aquí le traigo una sopa para usted” y la ofendida le dijo “que porque no la compartían” y le
dijo “que no porque tenía que regresar al negocio”, y se fue.
Posteriormente a esa visita continúa llegando a casa de la víctima, y el día diecisiete de
mayo de dos mil trece, le dijo que (sic) si le hacía un favor, a lo que la víctima le preguntó que
(sic) tipo de favor y esta le contestó que su esposo quería realizar una venta y que como ella no
podía comparecer como compradora por ser la compañera de vida de él, que por la amistad que
tenían que si firmaba como compradora, a lo que le respondió la víctima “lo que pasa que eso no
es correcto, además yo no tengo dinero para comprar” y le dijo “no niña si solo es el trámite de
papeles” y es así como en la fecha antes relacionada van a la oficina de la Licenciada (sic) SECT
y realizaron la compraventa, y la persona que compareció vendiendo fue el señor ARG en
nombre y representación de la señora IHSS con un poder General Administrativo con cláusulas
especiales que dicha señora le había firmado al señor A, luego de eso continuaron las visitas y en
varias ocasiones le llevaba cosas de comer y le decía a la víctima que pusiera la bebida y así
continuaron las visitas a diario, y en una de ellas le dijo que le firmara un poder para poder
vender la propiedad en la que aparecía ella como compradora, a lo que la víctima no le encontró
nada anormal, pues la propiedad le pertenecía al señor ARG, por lo que le dijo que si y fueron a
otorgar la escritura ese mismo día tres de febrero de dos mil catorce ante los oficios notariales de
la Licenciada (sic) SECT, luego la visita el siguiente día y debido a que había generado la
supuesta amistad, todo le contaba a la señora S, en ese tiempo exactamente el cuatro de febrero
del año dos mil catorce, la víctima tenía la necesidad de ir a visitar a su esposo en forma
inmediata a E.ados Unidos y no tenía el suficiente dinero para los gastos que le generaba el
viaje y cuando la señora S se enteró de dicho viaje la visitó y le dijo que no se fuera con poco
dinero y que si quería le podía prestar; y de una vez le dio O.D. sin
firmarle ningún documento que respaldara dicha deuda, por lo que la víctima se fue para E.ados
Unidos, residiendo ahí por tres meses, es decir, hasta el mes de mayo de ese mismo año, dándose

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