Sentencia Nº 37-2021 de Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana, 19-04-2021

Sentido del falloSENTENCIA DE CONTENIDO MIXTO
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha19 Abril 2021
Número de sentencia37-2021
Delito Privación de libertad Amenazas con agravación especial
EmisorTribunal Primero de Sentencia de Santa Ana
37-2021
TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA: S..A., a las quince horas del diecinueve de
abril del dos mil veintiuno.
El presente proceso penal clasificado bajo el número 37-2021/01, se ha seguido en
contra de L M S L, quien es de veintiséis años de edad, acompañado con **********, estudiante
y taxista, salvadoreño, originario del municipio de Moncagua del departamento de San Miguel y
del domicilio del municipio de ********** del departamento de **********, residente antes de
su detención en barrio **********, hijo de **********, nacido el **********, datos
proporcionados por el acusado que en este Tribunal no fue posible confrontarlos con documento
de identidad alguno, empero al momento de su detención fue identificado con su documento
único de identidad número **********; por el delito de AMENAZAS CON AGRAVACIÓN
ESPECIAL, regulado en los arts. 154 y 155 núm. 1 y 2 del Código Penal; y, PRIVACIÓN DE
LIBERTAD, previsto y sancionado en el art. 148 de la misma normativa penal, ambos delitos en
perjuicio de la víctima con régimen de protección bajo la clave “DIEGO” cuyos datos generales
se omiten por lo confidencial de ese régimen.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 53 inciso final del Código Procesal
Penal, la vista pública fue presidida por la suscrita J.A..A.S.C. quien a su
vez es la responsable de la redacción de la presente sentencia; audiencia en la cual intervinieron
además los abogados E.O.R.H. y R.A.E., el primero
como Agente Auxiliar del Fiscal General de la República y el segundo como Defensor Público
del acusado.
La representación fiscal acusó al implicado por medio del escrito agregado a fs. 16
a 20, en el cual se enuncian los hechos que ha sido objeto de este juicio, y que en lo pertinente
dice: “““(...) RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS.----- La
Representacion” (sic.) Fiscal acusa a los imputados quienes fueron detenidos el (…) veintiuno
de octubre de dos mil diecinueve a eso de las dieciséis horas, en la calle del P.“.C.(sic.)
Costa Rica Municipio” (sic.) de Texistepeque, Departamento de S..A., Por tenerse
conocimiento que los imputados habia” (sic.) amenazado lesionado y privado de libertad a la
victima (sic.), esto sucedió el (…) veinte de octubre a eso de las quince y treinta
aproximadamente ya que los imputados habían llegado a su casa de residencia, a bordo de una
camioneta color oscuro y se bajaron los cuatro sujetos y dos de ellos se dirigieron hacia la
victima” (sic.) y los otros dos se quedaron parados por el vehiculo” (sic.) y luego uno de los
dos que habia” (sic.) llegado hasta donde la victima” (sic.), comenzo(sic.) a amenazarlo
apuntándole con un arma de fuego y luego entre los dos sujetos comenzaron a golpear en
diferentes partes del cuerpo y le preguntaban quien” (sic.) era el propietario del lugar donde
clave D. se encontraba, a lo que la victima” (sic.) les manifestaba que no sabia cual” (sic.)
era el nombre del propietario, por lo que lo seguían golpeando y lo privaron de libertad y lo
marraron” (sic.) con una pita de ambas manos, y de los golpes que le dieron perdió el
conocimiento y su compañero de vida lo encontró y se lo llevo” (sic.) para la cama lugar donde
despertó y su compañero de vida le dijo que ella lo había llevado hacia la cama ya que lo habia
(sic.) encontrado inconsciente, luego se retiraron del lugar los imputados, por lo que el dia
(sic.) veintiuno de octubre la Policía Nacional Civil de Texistepeque habian” (sic.) capturado a
los imputados. (…) CALIFICACION JURIDICA DE LOS HECHOS:----- Los hechos antes
narrados se adecuan en consideración al suscrito fiscal a los delitos de AMENAZAS
AGRAVADAS (…) PRIVACION DE LIBERTAD (…)”””
Habiéndose aperturado a juicio en la conclusión de la etapa de instrucción en
contra del procesado por los ilícitos señalados, la audiencia de juicio se realizó en la fecha y hora
que constan en el acta respectiva, en la que se cumplieron las prescripciones y términos de ley; y,
CONSIDERANDO: I.- Durante el desarrollo de la Vista Pública no se suscitaron
cuestiones incidentales que resolver. El acusado luego de ser interrogado sobre sus datos
generales de identificación, haciendo uso de uno de sus derechos, rindió su declaración sobre los
hechos de la siguiente manera:
“““Ese día que los señores agentes nos detienen, si es verdad, nos han detenido
donde el señor de la Fiscalía dice, sinceramente no conozco el lugar donde ellos me detienen, no
puedo decir el nombre porque no sé cómo se llamaba allí, lo que quiero decir es que dicen que el
hecho fue el día veinte de octubre de dos mil diecinueve, y a mí me detienen el siguiente día que
es un lunes veintiuno de octubre y me detienen a las diez y media de la mañana, en la camioneta
que me detienen, esa camioneta yo la estaba alquilando, es una camioneta alquilada en la que
trabajaba dedicándome a andar haciendo viajes, de ahí sacaba la letra para estar pagando el auto,
el día domingo que dicen que pasó lo que me acusan, yo estaba en San Miguel porque el señor
que me alquila la camioneta es de San Miguel y todos los domingo le llevaba la camioneta a él
para que me la revisara, de domingo a domingo me la revisaba y le iba a pagar de domingo a

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