Sentencia Nº 39-2015-C de Cámara de la Segunda Sección del Centro, Cojutepeque, 14-11-2019

Sentido del falloConfirmar la nulidad declaratoria de herederos.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha14 Noviembre 2019
Número de sentencia39-2015-C
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO CIVIL DE COJUTEPEQUE
EmisorCámara de la Segunda Sección del Centro, Cojutepeque
39-2015-C
CÁMARA DE LA SEGUNDA SECCIÓN DEL CENTRO
SENTENCIA
Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, a las quince horas del día catorce de noviembre de dos
mil diecinueve.
Constando en el presente incidente que la Sala de lo Civil de la Honorable Corte Suprema
de Justicia mediante sentencia de las 15.03 horas del día 03-V-2019 anuló el fallo de la
providencia dictada por los Magistrados Suplentes de esta Cámara a las 08.45 horas del día 17 -V-
2018, ordenando celebrar nueva audiencia de apelación para admitir la prueba ilegalmente
rechazada y pronunciar la sentencia que corresponda.
Evacuada que fue la audiencia ordenada, la decisión adoptada en esta Instancia, luego de
un nuevo análisis legal, ha sido por unanimidad, corriendo bajo responsabilidad de los
Magistrados Suplentes licenciados Rigoberto Chicas y José Manuel Chávez López la redacción
de la presente, conforme lo dispuesto por los arts. 216, 217 y 515 CPCM, en cumplimiento al
deber de motivación; se conoció en apelación la Sentencia pronunciada por la señora Juez de lo
Civil Suplente de este Distrito Judicial, a las ocho horas cinco minutos del día cuatro de
noviembre de dos mil quince, en el Proceso Declarativo Común de Nulidad de Declaratoria
de Heredero, Traspaso por Herencia, Traspaso por Venta, Presentaciones Posteriores a la
Venta y Petición de Herencia, promovido por el licenciado José Próspero Arias Hernández
corno Apoderado General Judicial de la señora MEMA, conocida por MMA, MEMA, MEM,
MMA, MM, MMA, MEMA y por MEMA, contra los señores JIGM, AHFS, JRRM, JIGS, MDSG y
GAGS, representados por el licenciado Wilmer Humberto Marín Sánchez.
Han intervenido en esta Instancia los licenciados Wilmer Humberto Marín Sánchez y José
Próspero Arias Hernández, el primero en calidad de apelante y el segundo como apelado.
ANTECEDENTES DE HECHO
I. El día veintisiete de noviembre de dos mil catorce, el licenciado José Próspero Arias
Hernández, presentó demanda de Nulidad Absoluta de Declaratoria de Heredero Definitivo,
Cancelación de Inscripciones de Declaratoria de Heredero, Traspaso por Herencia, Traspaso por
Venta y petición de herencia, en calidad de representante procesal de la señora MEMA conocida
por MMA entre otros conocidos, contra el señor JIGM. Petición que fundó por el derecho e
interés legítimo que le asiste a su representada en calidad de heredera declarada de los bienes que

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