Sentencia Nº 59-REU2-2018 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla, 12-07-2018

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla
Fecha12 Julio 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia59-REU2-2018
Delito Extorsión
59-REU2-2018
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA de Santa Tecla, a las quince horas del día doce de
julio del dos mil dieciocho.
Visto en juicio oral y público, el proceso penal con número de referencia 59-
REU2-2018, seguido contra el acusado JJMM, de veintidós años de edad, nacido el dos de
agosto de mil novecientos noventa y tres, originario de Quezaltepeque, La Libertad, jornalero,
acompañado con RBGC, residente en **********, La Libertad, a quien se le atribuye la
comisión del ilícito penal de Extorsión Agravada, en modalidad continuada, previsto y
sancionado en los Arts. 2, 3 1, 7 y 8 de la Ley Especial contra el delito de Extorsión, en
relación al Art. 42 del Código Penal, en perjuicio de la víctima con régimen de protección clave
“DOS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE”.
Han intervenido como partes: en representación del señor Fiscal General de la República,
el Licenciado JULIO CESAR AGUILAR ZAMORA; y en la defensa técnica, en carácter de
defensora pública del imputado la licenciada WSN.
HECHOS ACUSADOS
Según denuncia interpuesta en sede policial a las dieciséis horas con cuarenta minutos del
día quince de mayo de dos mil quince, donde el investigador RCAR, hizo constar que la persona
identificada con clave ********** manifestó que actualmente está siendo víctima del delito de
EXTORSIÓN baja la modalidad de RENTA ya que refiere que posee un negocio en la ciudad de
San Salvador, y que el día veintiocho de abril de dos mil quince, siendo aproximadamente a las
catorce horas con veinte minutos, llegaron a su negocio dos personas del sexo masculino con
apariencia de pandilleros quienes de inmediato preguntaron por la persona encargada del negocio
ya que ellos (los pandillero), querían hablar urgentemente con esa persona pero en ese momento
la persona denunciante se encontraba en compañía de un familiar, le dijeron a los individuos que
la persona encargada no se encontraba y que si necesitaban algún trabajo podían consultarlo en
ese momento, pero en ese momento uno de los individuos le dijo "la onda que aquí no pagan al
renta a la pandilla y ya nos ordenaron que simón a partir del sábado que vienen tienen que pagar"
pero en ese momento la persona denunciante les dijo a los sujetos que no podían tomar esa
decisión y que mejor regresaran cuando se encontrara la persona encargada, luego los individuos
se retiraron del lugar, posteriormente el día veintinueve de abril del' año dos mil quince, siendo
aproximadamente a eso de las once horas con treinta minutos, llegaron a su negocio tres personas
del sexo masculino con apariencia de pandilleros de los cuales dos habían llegado el día anterior
a su negocio, pero en esta ocasión los acompañaba una persona del sexo femenino con apariencia
de vendedora informal, ya que portaba en sus manos una bolsa de manzanas, que uno de los
sujetos le dijo a la mujer "quédate afuera y guacha que no venga la jura", quedándose la mujer
afuera del negocio y los tres sujetos ingresaron, siendo que uno de ellos le dijo a la persona
denunciante que iban a cerrar el negocio sino cancelaban cincuenta dólares señales y que tenían
que pagar esa cantidad cada sábado porque de lo contrario llegarían a lanzar una granada al
negocio y lo cerrarían, respondiéndole la persona denunciante que no era necesario llegar a eso y
que podían llegar a un acuerdo de manera pacífica, pero un sujeto de ojos celestes le dijo que la
única forma de trabajar tranquilos era pagando la renta a la pandilla y que regresarían el día
sábado dos del mes de mayo, luego se retiraron con rumbo sur, continuo manifestando la
denunciante que uno de los individuos es de aproximadamente veintidós años de edad, piel
blanca, cabello castaño, ojos celestes, delgado, de aproximadamente un metro con setenta
centímetros de estatura, los otros dos sujetos de estatura mediana, piel morena, de
aproximadamente dieciocho años de edad, fornidos, cabellos rizados, y la persona del sexo
femenino, cabello teñido de rubio, de aproximadamente dieciocho años de edad, delgada,
trigueña, que el día dos de mayo a eso de las nueve horas con treinta minutos, llego a su negocio
una persona del sexo masculino de aproximadamente unos trece años de edad, quien es moreno
cabello recortado de los lados, ojos grandes, de aproximadamente un metro con cuarenta
centímetros de estatura, dicho individuo se dirigió directamente a la persona denunciante y le dijo
de manera prepotente "hey aquí vengo a traer la feria, de la renta de mi pandilla" pero en ese
momento la persona denunciante dijo que no sabía de cual renta, razón por la cual el individuo le
dijo "vergon entonces ya te vas acordar...ya te van a caer los homboys" Luego el sujeto se retiró
del lugar, sigue manifestando la persona denunciante que aproximadamente cuatro minutos
después, llego nuevamente a su negocio el mismo sujeto que exigía renta, pero que se hacía
acompañar de unos de los individuos que había llegado el dio veintisiete de abril, siendo al que
describe como de ojos celestes, dicho individuo de forma prepotente le dijo a la persona
denunciante " mira....que te pasa porque no queres entregar la feria, queres que te matemos
ahorita? Respondiéndole la persona denunciante que no había entregado los cincuenta dólares
porque no conocía al joven que ellos (pandilleros) habían mandado; siendo que el individuo le
dijo que en ese sector solo ellos controlaban y que si alguien llegaba a pedir la renta es porque

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