Sentencia Nº 61-A-2021 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 29-07-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha29 Julio 2021
Número de sentencia61-A-2021
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA, SAN SALVADOR
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
61-A-2021.
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
OCHO HORAS Y VEINTE MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE JULIO DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO.
El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por el Licenciado FRANKLIN
ANÍBAL M.A., mayor de edad, Abogado, del Domicilio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, en su calidad de Apoderado de los **********, mayor de edad,
Empleado, del Domicilio de El Transito, Departamento de San Miguel y de Meryland, Estados
Unidos de América; y ********** mayor de edad, Profesora, del Domicilio de San Rafael
Oriente, Departamento de San Miguel. Impugna la sentencia interlocutoria pronunciada por la
JUEZA SEGUNDO DE FAMILIA INTERINA DE SAN SALVADOR, Licenciada R.
.
É.Z. DE ESTRADA, en las DILIGENCIAS DE DIVORCIO POR MUTUO
CONSENTIMIENTO, clasificadas bajo el N.U.E. **********; promovidas por los señores
********** de generales antes mencionadas. Intervino en calidad de Procuradora de Familia
Adscrita al Juzgado A quo la Licenciada A.P.A.R..
El Licenciado F..A.M.A. ha recurrido de la
Sentencia Interlocutoria pronunciada a las quince horas con veinte minutos del día veintidós de
diciembre del año dos mil veinte, en la que se resolvió: “Con base al Artículo 96 de la Ley
Procesal de Familia, DECLÁRASE INADMISIBLE las presentes Diligencias de Divorcio por
Mutuo Consentimiento, promovidas por el Licenciado F..A..M..A..
Quedando a salvo el derecho para interponer nuevamente la solicitud de Divorcio (Sic.)
Inconforme con dicha resolución, el Licenciado F.A..M.A.
interpuso recurso de apelación de la misma (folios 36/38).
I. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD:
Tal como lo establece la Ley, una vez recibido el recurso en esta instancia, es
imperante que este Tribunal efectúe el examen de admisibilidad del recurso interpuesto, para ello
es preciso verificar si el impetrante ha dado cumplimiento a los requisitos legales establecidos en
las normas aplicables al respecto, por lo que se procede al análisis de cada uno de estos
presupuestos en consideración al escrito presentado por el recurrente:
A) PROCEDENCIA DEL RECURSO:
El recurso de apelación debe ser procedente, ello implica que la resolución que se

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