Sentencia Nº 69-A-21 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 19-07-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha19 Julio 2021
Número de sentencia69-A-21
Tribunal de OrigenJUZGADO NOVENO DE PAZ, SAN SALVADOR
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
69-A-21.
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA DIECINUEVE DE JULIO DE DOS
MIL VEINTIUNO.
El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por la señora **********, mayor de
edad, empleada, del domicilio de San S., Departamento de San S., en su carácter
personal. Impugna la interlocutoria proveída por la JUEZA NOVENO DE PAZ DE SAN
SALVADOR, Licenciada I.E.L.F., en el PROCESO DE
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR promovido por la señora **********, mayor de edad, ama
de casa, del domicilio de San S., Departamento de San S., en contra de la
impetrante.
I. La impetrante ha recurrido de la interlocutoria proveída a las quince horas con treinta
minutos del día quince de junio del año dos mil veintiuno, que consta a fs. 15 en la que se
decretaron las siguientes medidas de protección a los denunciados, señora ********** y señor
**********: “i) Se le ordena abstenerse de hostigar, perseguir, intimidar, amenazar o realizar
otras formas de maltrato hacia la denunciante señora **********. ii) Se le ordena abstenerse de
realizar actos de hostigamiento, intimidación, provocación, amenaza u otro semejante que pueda
dar lugar o propicien la violencia intrafamiliar en contra de la denunciante señora **********
iii) Se le prohíbe a los denunciados amenazar en el ámbito público y privado a la denunciante
señora **********. iv) Se ordena a los denunciados salgan inmediatamente del domicilio de la
denunciante señora **********. Si se resistieren se auxiliará de la Policía Nacional Civil. v)
E. orden judicial de protección y auxilio policial dirigido al JEFE DE LA
SUBDELEGACIÓN CENTRO HISTÓRICO, POLICÍA NACIONAL CIVIL, anexando
copia del presente auto y entréguese copia de esta orden al denunciante…”.
II. En primer lugar, cabe acotar que los recursos se utilizan para que en instancia superior
se realice un reexamen de las decisiones de un órgano jurisdiccional; de ello se desprende que la
apelación, así entendida, sirve para en su caso- enmendar las decisiones de primera instancia en

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