Sentencia Nº 73-A-2021 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 15-07-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha15 Julio 2021
Número de sentencia73-A-2021
Tribunal de OrigenJUZGADO SEXTO DE PAZ, SAN SALVADOR
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
73-A-2021.
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
NUEVE HORAS DEL DÍA QUINCE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO.
El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por el Licenciado J.C..
.
H.A., mayor de edad, abogado, del domicilio de Soyapango, departamento de San
Salvador, quien es el apoderado del denunciado señor **********, mayor de edad, Ingeniero
Civil, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador. Impugna la resolución
proveída por la JUEZA SEXTO DE PAZ INTERINA DE SAN SALVADOR, Licenciada
D..A..G..R., en las DILIGENCIAS DE VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR, bajo el número de referencia 23-VIF-2021, promovidas por la señora
**********, mayor de edad, estilista, del domicilio de Ciudad Merliot, Departamento de La
Libertad; en contra del impetrante.
I. El impetrante ha recurrido de la resolución proveída a las dieciséis horas con veinte
minutos del día catorce de junio del año dos mil veintiuno, en la que se resolvió lo siguiente: I)
Decrétese a favor de la señora **********, en contra de su ex compañero de vida **********,
las medidas de protección contempladas en la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar y que se
detallan a continuación:
a) Se ordena al señor ********** abstenerse de realizar actos de hostigamiento ya sea
física-golpear, empujar, etc.-o verbal, intimidar, provocar o amenazar u otras formas de maltrato
que puedan dar lugar o propicien la violencia intrafamiliar, ya sea en el hogar de la denunciante u
otros análogos frecuentados por ésta o los demás miembros de la familia que habitan en el hogar
familiar.
b) Se le prohíbe al señor **********, amenazar a la señora **********, tanto en el
ámbito privado como en el ámbito público.
c) Se le prohíbe al señor **********, acceder al domicilio temporal o permanente de la
señora **********
d) Oportunamente emítase una orden de protección y auxilio a la señora **********, y
extiéndasele una copia de las mismas para que pueda portarla y acudir a la autoridad más cercana
en caso de amenaza o agresión fuera de su domicilio, asimismo para que se garantice su

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