Sentencia Nº 77-A-2021 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 30-07-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha30 Julio 2021
Número de sentencia77-A-2021
Tribunal de OrigenJUZGADO CUARTO DE FAMILIA, SAN SALVADOR
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
77-A-2021.
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
OCHO HORAS Y VEINTE MINUTOS DEL DÍA TREINTA DE JULIO DEL AÑO DOS
MIL VEINTIUNO.
El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por el Licenciado O..
.
A.C..J., mayor de edad, Abogado, del Domicilio de Cojutepeque,
Departamento de Cuscatlán, en su calidad de Apoderado de la señora **********, mayor de
edad, Comerciante, del Domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador. Impugna la
sentencia interlocutoria pronunciada por el JUEZ CUARTO DE FAMILIA DE SAN
SALVADOR, Licenciado EFRAÍN CRUZ FRANCO, en el PROCESO DE
DECLARATORIA JUDICIAL DE UNIÓN NO MATRIMONIAL, clasificado bajo el N.U.E.
********** promovido por la señora **********, de generales antes mencionadas; en contra de
los señores **********, mayor de edad, J., de Domicilio ignorado; y **********, mayor
de edad, de Oficios Domésticos, del Domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador.
Intervino en calidad de Procuradora de Familia Adscrita al Juzgado A quo la Licenciada A..
.
P.A.R..
El Licenciado O.A.C.J. ha recurrido de la Sentencia
Interlocutoria pronunciada a las quince horas con cinco minutos del día veintiséis de abril del año
dos mil veintiuno, en la que se resolvió: “DECLÁRASE INADMISIBLE, la anterior demanda de
Declaratoria de Unión No Matrimonial, por falta de requisitos de Ley, y por los motivos
expuestos en las consideraciones de la presente resolución” (Sic.) Inconforme con dicha
resolución, el Licenciado O.A.C.J. interpuso recurso de apelación
de la misma (folios 33/34).
I. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD:
Tal como lo establece la Ley, una vez recibido el recurso en esta instancia, es
imperante que este Tribunal efectúe el examen de admisibilidad del recurso interpuesto, para ello
es preciso verificar si el impetrante ha dado cumplimiento a los requisitos legales establecidos en
las normas aplicables al respecto, por lo que se procede al análisis de cada uno de estos
presupuestos en consideración al escrito presentado por el recurrente:
A) PROCEDENCIA DEL RECURSO:
El recurso de apelación debe ser procedente, ello implica que la resolución que se

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