Sentencia Nº 79-U-2-21 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, 17-05-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha17 Mayo 2021
Número de sentencia79-U-2-21
Delito Extorsión agravada
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana
79-U-2-21
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: S.A., a las diez horas con quince minutos del
día diecisiete de mayo de dos mil veintiuno.-
Causa No.79-U.2/21, seguida contra RAE, de cincuenta y un años de edad, salvadoreño, nació en
Coatepeque de este departamento, el treinta y uno de agosto de mil novecientos setenta y nueve,
P.E., soltero, residente en **********, hijo de **********, portador de su
documento único de identidad número **********, procesado en libertad, por el delito de
EXTORSION AGRAVADA previsto y sancionado en los artículos 2 y 3 Nos. 1y 7 de la Ley
Especial contra el Delito de Extorsión en perjuicio de la víctima con régimen de protección y
nombre clave 1773-6.-
La audiencia fue presidida por el H..J..G..L..D., según lo
establecido en el artículo 53 I. último del Código Procesal Penal. Intervinieron en la misma
como fiscal el licenciado R.H.L. y como defensor particular el licenciado C.
.
A.M.M..
HECHOS SOMETIDOS AL PROCEDIMIENTO ABREVIADO:
I.- Se presentó escrito de acusación ante el Juzgado Primero de Instrucción, S.A., contra
RAE por los siguientes hechos:
"La víctima quien goza de medidas de protección de conformidad con la Ley especial para la
Protección de Víctimas y Testigos, a quien se ha asignado la clave: "1773-6", interpone denuncia
forma en fecha veintisiete de junio del dos mil diecisiete, manifestado que sujetos desconocidos
realizaban llamadas a su número personal provenientes de los números **********04 y
**********43 desde los cuales en horas de la tarde del día lunes veintisiete de los corriente,
comenzó a recibir las primeras llamadas de los números antes mencionados, en donde un sujeto
de la Pandilla Dieciocho le exigía la cantidad de OCHO MIL DÓLARES cambio de no matarlo a
él o alguien de su grupo familiar. Del mismo modo, en fecha veintisiete de junio del dos mil
diecisiete estuvo recibiendo más llamadas telefónicas de los mismos números en donde escuchó
la misma voz del sujeto extorsionista y le manifestó si ya tenía el dinero, contestándole la víctima
que le diera tiempo para reunirle el dinero, a lo cual el sujeto le manifestó que solo le daba hasta
el miércoles a las diez de la mañana para que le entregara el dinero, no especificando lugar de
entrega; razón por la cual la víctima acudió a las autoridades policiales para exponer su situación
y resolver la misma. Como parte del procedimiento de investigación, el agente investigador VJIF
retorna la negociación con los extorsionistas previa autorización de la víctima, lo cual se hizo
constar en acta por separado de las dieciocho horas del día veintisiete de junio del dos mil
diecisiete, en donde también se hizo constar la entrega del teléfono celular propiedad de la
víctima al agente antes relacionado. En el mismo sentido, se procedió a preparar el paquete que
simularía la cantidad de OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
por lo que se ha hecho constar en Acta de Seriado de las ocho horas del día veintiocho de junio
del dos mil diecisiete, que la víctima entrega un billete de la denominación de DIEZ DÓLARES
(MB 82310395 A) con el objetivo de ser devuelto al agente negociador dentro del referido
paquete simulado. Como producto de la negociación, se estableció que se entregaría la cantidad
de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a las catorce horas
del día veintinueve de junio del dos mil diecisiete, en el sector de la Parada de Buses conocida
como la Ceiba del Cantón Cantarrana, ubicada sobre la carretera que de Ahuachapán conduce
hacia San Salvador el Municipio y Departamento de S.A., Una vez se tenían preparadas las
condiciones logísticas para desplazarse al terreno, se organizó el dispositivo de entrega
controlada conformada por los agentes investigadores: VJIF, encargado de realizar la negociación
con los extorsionistas, A.N., encartado de realizar la entrega del dinero (paquete simulado)
a los extorsionistas, KBQB Y DNSC, encargados de dar vigilancia y seguimiento a los
extorsionistas que llegaran a recibir el dinero; y los agentes investigadores MBVJ, JERJ y
DANG, encargados de capturar a los implicados. A eso de las once horas del día veintinueve de
junio de dos mil diecisiete, los equipos de investigadores de ubican estratégicamente en el lugar
de los hechos: habiendo transcurrido aproximadamente tres horas el Agente Investigador IF y
KQB, observaron que llegó al lugar un vehículo tipo Pick UP, Color Azul, Cuatro por Cuatro,
marca Nissan, Placa P **********; donde se observa que iban tres sujetos, dos al interior y un
tercer sujeto en la parte de la cama de dicho vehículo. Seguidamente se observa que dicho
vehículo se estaciona en el lugar y luego se baja la persona que se conducía en la cama del
vehículo con un teléfono en la mano derecha y se dirige donde se encontraba el investigador NG,
luego intercambian palabras entre sí y el investigador N, le hace la entrega de un sobre color
blanco (paquete simulado); seguidamente se observa que éste sujeto después de recibir el dinero
se desplaza dónde había llegado a pie otro sujeto quien mantenía comunicación telefónica y
visual a los alrededores y es a éste a quien finalmente le hace la contra-entrega del dinero
(paquete simulado). Mientras esto sucedía el conductor y el acompañante se quedaron en el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR