Sentencia Nº 85-2020 de Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana, 07-08-2020

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha07 Agosto 2020
Número de sentencia85-2020
Delito Robo agravado
EmisorTribunal Primero de Sentencia de Santa Ana
85-2020
TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA: Santa Ana, a las quince horas del siete de agosto de
dos mil veinte.
El presente proceso penal clasificado bajo el número 85-2020, se ha seguido en
contra de RCSM, quien es de veinte años de edad, acompañado con **********, panadero,
salvadoreño, originario y del domicilio de esta jurisdicción, residente antes de su detención en
**********, carretera que de Santa Ana conduce al municipio de Candelaria de la Frontera de
este departamento, por la terminal de buses de la ruta 55B, nacido el ********** , hijo de
********** y de padre desconocido, datos proporcionados por el acusado que en este Tribunal
no fue posible su confrontación con documento de identidad alguno; por el delito de ROBO
AGRAVADO, previsto y sancionado en los Art. 212 y 213 núm. 2 y 3 del Código Penal; en
perjuicio de la víctima con régimen de protección con la clave PLUTÓN CINCO
representado por la persona con clave “PLUTÓN SEIS”, cuyos datos de identificación se omiten
por lo confidencial de ese régimen.
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 53 inciso final del Código Procesal
Penal, la vista pública fue presidida por la suscrita Juez Aura Armida Solano Cáceres quien a su
vez es la responsable de la redacción de la presente sentencia; audiencia en la cual intervinieron
además los abogados Joel Antonio Mejía Gutiérrez y Bernardino Benítez Arévalo, el primero
como Agente Auxiliar del Fiscal General de la República y el segundo como Defensor Público
del incoado.
La representación fiscal acusó al implicado por medio del escrito agregado de fs.
26 a 34, en el cual se enuncian los hechos que han sido objeto de este juicio, y que en lo
pertinente dice: “““(...) I. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS.-----De la
calle aldea San Antonio frente a las instalaciones de la sub delegación” (sic.) Centro de la
Policía Nacional Civil de Santa a las diecinueve horas treinta minutos del (…) treinta y uno de
Julio de dos mil diecinueve, los agentes JLCM (sic.), OORC y DEHS, procedieron a la detención
de SALG, GLA y RCSM, en momentos que los agentes realizaban patrullaje en la residencial El
Molino, se les acercaron unas personas quienes les narraron que habían sido víctimas de robo, los
agentes procedieron a la búsqueda del sujeto en los alrededores del lugar, no logrando ubicarlo
siguieron patrullando en la zona, llegaron a la zona de Fiscalía en la final de la avenida José
Matías Delgado norte de esta ciudad, se estacionaron un momento y se les acerco(sic.) una
persona que andaba en una motocicleta quien no se identificó pero en ese momento paso” (sic.)
una camioneta color oscura, el motociclista les dijo que en esa camioneta se conducían unos
asaltantes y que acababan de robar a unos vecinos, iniciándose una persecución sobre la octava
calle poniente rumbo a la ex finca El Modelo, luego cruzo” (sic.) la camioneta sobre la avenida
Fray Felipe de Jesus(sic.) Moraga norte, pero con rumbo sur, por motivos de tráfico no la
podían alcanzar pero cuando llegaron al redondel del mercado colón” (sic.) le pusieron las luces
del patrulla, sirena y le mandaron las voces de mando por el alta voz del vehículo patrulla,
diciéndole que detuviera la marcha y que se estacionara, el conductor del vehículo obedeció y se
estaciono (sic.) frente a la sub delegación policial, siendo este un vehículo placa P-
**********, marca Toyota, modelo 4 runner, color gris año dos mil tres, la cual era
conducida por (…) SALG, a un segundo sujeto identificado como GLA, a quienes les
practicaron un registro y no se les encontró nada, procediendo a la identificación del tercer sujeto
a quien se le identifico” (sic.) como RCSM (dicho sujeto coincide con las características físicas
y de vestimenta del sujeto que le robo (sic.) a las victimas) y se le practico” (sic.) registro
incautándole en las bolsas delanteras del pantalón sport (…) seis celulares, tres en cada
bolsa a quien le preguntaron la procedencia de los mismos, no pudo justificar la
procedencia legitima de los mismos.-----En momentos que se encontraban los agentes en la sub
delegación 911 de Santa Ana, llegaron las víctimas clave PLUTON y PLUTON
UNO”“PLUTON DOS, PLUTON TRES Y PLUTON CINCO”. Identificando sus teléfonos
celulares y a uno de los sujetos. Posteriormente los agentes les informaron a los tres sujetos (…)
LG, (…) LA y (…) SM, que serían detenidos por los delitos de ROBO AGRAVADO y
AGRUPACIONES ILICITAS, (…) CASO UNO: PLUTON DOS, PLUTON TRES Y
PLUTON CINCO-----Los hechos objeto del presente proceso ocurrieron el (…) treinta y uno
de Julio de dos mil diecinueve como a eso de las diecisiete horas en momentos que la víctima
PLUTON DOS salió de su casa de habitación, con destino hacia Residencial El Molino de
esta ciudad, acompañado de Plutón tres y otra persona, cuando caminaban por unos pasajes,
observaron a un sujeto que hablaba por teléfono diciendo: “donde estas, ya estas arriba”,
inmediatamente se dirigió a ellos y les dijo párense dicho sujeto vestía una gorra color azul
marca polo, una chaqueta “camuflageado” (sic.), un pantalón verde musgo y zapatos tenis
color verde, como de veinte años, piel morena, este sujeto les dijo: “que se detuvieran que

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