Sentencia Nº 95-A-2020 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 15-12-2020

Sentido del falloConfírmese la resolución impugnada
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha15 Diciembre 2020
Número de sentencia95-A-2020
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA, SAN SALVADOR
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
95-A-2020
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
ONCE HORAS CON CINCUENTA Y OCHO MINUTOS DEL DÍA QUINCE DE
DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
El presente recurso de Apelación ha sido interpuesto por el Licenciado FRANCISCO
ZACARÍAS ÁLVAREZ BELLOSO, apoderado del señor ********, mayor de edad, empresario,
del domicilio de esta ciudad, de nacionalidad panameña y salvadoreña; mediante el cual impugna
la interlocutoria pronunciada en el proceso de Divorcio por el motivo de Intolerabilidad de la vida
en común entre los cónyuges, que se tramita en el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA, bajo
referencia 00292-12-PF-2FM2, iniciado por la señora ********, conocida también por
********, mayor de edad, Licenciada en Administración de Empresas, de este domicilio,
actualmente representada por su apoderada, Licenciada JUDITH DEL CARMEN SAMAYOA
ORELLANA. Ha intervenido además la Procuradora de Familia adscrita, Licda. CLAUDIA
MARÍA SAGUER GARCÍA.
I. El Juzgado a quo, mediante proveído que consta a fs. 2029 (Duodécima pieza), ordenó a
la Licenciada ********, Depositaria Judicial de la empresa RAVI CENTROAMERICA, S.A.
DE C.V., entregar la cantidad de dieciséis mil quinientos dólares, a la señora ********;
detallándose que tal monto corresponde a la suma de NUEVE MIL DOLARES, de cuota
alimenticia provisional de los meses de junio a agosto del año dos mil doce; y SIETE MIL
QUINIENTOS DÓLARES, a cuotas de los meses de septiembre de dos mil doce a enero del año
dos mil trece.
II. Inconforme con lo antes resuelto, el Licenciado ÁLVAREZ BELLOSO, interpuso
recurso de apelación -fs. 2045 al 2051-, expuso en síntesis: Señala primeramente- que hizo
denuncia de nulidad insubsanable, la cual fundamentó en que la decisión fue pronunciada en
violación al debido proceso y que también hubo falta de notificación de dicho decisorio,
violentándole a su representado su derecho a la protección jurisdiccional; refiere, que la decisión
que impugna produce agravios a su representado en su esfera patrimonial, pues se ha ordenado la
entrega de la cantidad de DIECISEIS MIL QUINIENTOS DOLARES a la señora ********, sin
ser oído ni vencido en procedimiento constitucional configurado; que se ha violentado el
RESUMEN derecho de propiedad de su mandante; agregando que la decisión judicial viola el
principio de seguridad y certeza jurídica. Que la indefensión de su representado ha consistido que
no ha tenido la oportunidad de gozar de un periodo de prueba o audiencia para poder articular sus

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR