Sentencia Nº APN-120-19 de Cámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán, 23-05-2019

Sentido del falloa) Ha lugar a lo solicitado por la apelante; b) revocase la decisión del juez primero de paz de Atiquizaya, c) Decretase la detención provisional al imputado
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
EmisorCámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán
MateriaPENAL
Fecha23 Mayo 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaAPN-120-19
Delito Violación Agravada Continuada
Tribunal de OrigenJUZGADO PRIMERO DE PAZ DE ATIQUIZAYA, AHUACHAPÁN
APN-120-19
Cámara de la Tercera Sección de Occidente: Ahuachapán, a las catorce horas treinta minutos del
veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.
El presente proceso penal es instruido contra MECE, de treinta y nueve años de edad,
empleado, casado, salvadoreño, originario y vecino de Atiquizaya, residente en **********, con
documento único de identidad número **********, hijo de ********** y **********, a quien
se procesa por el delito de VIOLACION AGRAVADA CONTINUADA (art. 158, 162.3, 42 y
72 CP), en perjuicio de la libertad sexual de una menor de edad.
El referido proceso fue remitido por recurso de apelación interpuesto por la representante
fiscal, licenciada Miriam Cecibel Tovar Méndez; contra la resolución emitida por el juez de
primero de paz de Atiquizaya, que deniega la detención provisional.
ADMISIBILIDAD DEL RECURSO
Habiendo cumplido la recurrente con los presupuestos de ley, admítese.
FUNDAMENTO DE LA RESOLUCION
"(...) al revisar la relación circunstanciada se tiene que la representación fiscal ha
expuesto un hecho, de conformidad con el cual el procesado en el mes (...) de septiembre a
noviembre del año dos mil dieciocho, realizó abusos sexuales de una MENOR DE
DIECISIETE AÑOS DE EDAD (...) Consecuencia de lo anterior para confirmar que los
hechos denunciados se adecuan al delito por el cual se está procesando al señor MECE, deben
concurrir los elementos objetivos y subjetivos (...) En relación con los precitados elementos
consta en autos que, en el presente caso, existió acceso carnal por vía vaginal en perjuicio de
UNA MENOR DE DIECISIETE AÑOS DE EDAD (...) De tales hechos se infieren fácilmente
los primero tres elementos señalados: Acceso carnal, vía vaginal, en una persona menor de
dieciocho años (...) los elementos indiciarios con que se cuenta hasta el momento, el Ministerio
Fiscal ha establecido la probabilidad positiva de acreditar en la correspondiente acusación, la
existencia de un delito contra la libertad o indemnidad sexual (...) por lo que los compartimientos
con visos de delito que ocupa el presente proceso, ha superado el juicio de tipicidad. En cuanto a
la probabilidad de participación, la víctima de los hechos atribuye al procesado MECE como
autor del mismo, y se refiere al él como la persona que abusó sexualmente de ella (...) por lo que,
al menor en esta etapa del proceso, con solo esa información es suficiente para estimar que

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