Sentencia Nº APN-93-19 de Cámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán, 23-05-2019

Sentido del falloRevocase las medidas cautelares alternas impuestas
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
EmisorCámara de la Tercera Sección de Occidente, Ahuachapán
MateriaPENAL
Fecha23 Mayo 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaAPN-93-19
Delito Homicidio agravado imperfecto, agrupaciones ilícitas, tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE PAZ DE AHUACHAPÁN
APN-93-19
Cámara de la Tercera Sección de Occidente: Ahuachapán, a las once horas del veintitrés de mayo
de dos mil diecinueve.
El presente proceso penal se instruye contra los imputados JGMM, alias “T***, de
veinticuatro años de edad, salvadoreño, soltero, jornalero, originario y vecino de esta ciudad,
residente en **********, hijo de **********; VMFM, alias G***, de veintitrés años de edad,
soltero, jornalero, salvadoreño, originario y vecino de esta ciudad, residente en **********, hijo
de ********** y **********; y EOHV, de veinte años de edad, soltero, jornalero, salvadoreño,
originario y vecino de Atiquizaya, residente en **********, hijo de ********** y **********;
a quienes se les atribuye los delitos de homicidio agravado imperfecto, (arts. 128, 129 Y 24
CP), en perjuicio de la vida de las víctimas identificadas con clave TETUNTE, CÁNCER y
AGUILA; y agrupaciones ilícitas (art. 345 CP) en perjuicio de la paz pública; y al primer
imputado además se le procesa por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o
irresponsable de armas de fuego (art. 346-B CP), en perjuicio de la paz pública.
La causa penal se ha enviado para que esta Cámara conozca del recurso de apelación
promovido por el representante fiscal, licenciado Henry Antonio Padilla Cámbara, contra la
resolución dictada por la jueza segundo de paz interina de esta ciudad, en la que deniega la
detención provisional a los imputados.
Admisibilidad del recurso.
Se ha constatado que el recurso cumple con los requisitos de ley, en tal sentido se admite.
Fundamentos de la resolución judicial.
“(…) Los anteriores hechos a criterio fiscal resultaron adecuables a los delitos de
HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, AGRUPACIONES ILÍCITAS Y
TENENCIA, PORTACION O CONDUCCION ILEGAL O IRRESPONSABLE DE ARMAS
DE FUEGO (…) EXISTENCIA Y PARTICIPACION DELINCUENCIAL EN LOS DELITOS
DE HOMICIDIO AGRAVADO TENTADO (…) TENENCIA, PORTACION O
CONDUCCION ILEGAL O IRRESPONSABLE DE ARMAS DE FUEGO, ATRIBUIDO AL
IMPUTADO JGMM (…) se cuenta con el dicho de las víctimas CON CLAVE TETUNTE,
CÁNCER Y ÁGUILA, quienes a su vez tienen calidad de testigos, siendo con éstas que se ha
acreditado que el imputado al momento de ser detenido se encontraba en compañía de otros
sujetos y quienes al observar a los agentes policiales comienzan a dispararles, dándose así un

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