Sentencia Nº INC-12-9-AD-2019 de Cámara de la Segunda Sección de Oriente, Usulutan, 05-06-2019

Sentido del falloDeclárase nula la sentencia impugnada y ordénase al Juez A quo reponer todo lo actuado
MateriaLABORAL
EmisorCámara de la Segunda Sección de Oriente, Usulutan
Fecha05 Junio 2019
Tipo de RecursoRECURSO DE REVISION
Número de sentenciaINC-12-9-AD-2019
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO CIVIL, USULUTÁN
INC-12-9-AD-2019
CAMARA DE LA SEGUNDA SECCION DE ORIENTE: Usulután, a las diez horas y veinte
minutos del día cinco de junio del año dos mil diecinueve.
Vistos el Recurso de Revisión en contra de la SENTENCIA DEFINITIVA, pronunciada
por la Jueza del Juzgado de lo Civil de esta Ciudad, a las diez horas del día diecinueve de febrero
del corriente año, en el Proceso de AUTORIZACION DE DESPIDO, promovido por el
Licenciado JOSÉ LEONARDO QUINTANILLA PARADA, de cuarenta y cinco años de edad,
Abogado y Notario, del domicilio **********, departamento de San Salvador, en calidad de
Apoderado General Judicial del Señor Alcalde Municipal del Municipio de Concepción Batres,
Departamento de Usulután, BRMD, quien es de cuarenta y un años de edad, comerciante, del
domicilio de Concepción Batres, departamento de Usulután, contra el señor RSPL, quien es de
cuarenta y dos años de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, del domicilio de **********,
departamento de Usulután; a efecto que en sentencia definitiva se declare el despido efectuado
por determinación del Consejo Municipal de Concepción Batres.. Sentencia que en su fallo
textualmente dice. POR TANTO: En atención a las razones expuestas y en base a: Arts. 61, y 68
de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, y Arts. 217, y 218 del Código Procesal Civil y
Mercantil, a nombre de la República de El Salvador, FALLO: DECLARASE NO HA LUGAR
AL DESPIDO del señor RSPL con plaza de Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones
(UACI) solicitado por el Licenciado JOSÉ LEONARDO QUINTANILLA PARADA, en calidad
de apoderado general judicial de LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION BATRES ordenase
la inmediata restitución en su cargo, y condenase a cancelar por cuenta de LA
MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION BATRES los salarios dejados de percibir desde el día
veintisiete de julio del dos mil dieciocho, hasta la fecha en que se cumpla la presente sentencia.
No hay especial en costas. NOTIFIQUESE. -
Han intervenido en el proceso el Licenciado JOSÉ LEONARDO QUINTANILLA
PARADA, de generales antes dichas y en el carácter indicado y los licenciados LUIS ALBERTO
CHAVEZ CARRANZA y JORGE HUMBERTO FLORES VASCONCELOS, de generales
conocidas en el proceso actuando ambos como Apoderados General Judicial del señor RSPL. Y
en esta Instancia han intervenido el licenciado JULIO CESAR BRIZUELA AGUILAR actuando
en representación de la parte demandante y los licenciados LUIS ALBERTO CHAVEZ
CARRANZA y JORGE HUMBERTO FLORES VASCONCELOS actuando en representación

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