Sentencia Nº INC-70-2021 de Cámara Segunda de lo Laboral, San Salvador, 20-05-2021

Sentido del falloSentencia confirmatoria
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaLABORAL
Fecha20 Mayo 2021
Número de sentenciaINC-70-2021
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO LABORAL, SANTA TECLA
INC-70-2021
CAMARA SEGUNDA DE LO LABORAL: En la ciudad y Departamento de San
Salvador, a las catorce horas y treinta y dos minutos del día veinte de mayo de dos mil
veintiuno.
VISTOS en apelación de la sentencia pronunciada por la señora Jueza Interina Dos
del J.gado de lo Laboral con sede en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La
Libertad, a las doce horas y once minutos del día cinco de enero del año dos mil veintiuno,
en el juicio individual ordinario de trabajo promovido por el licenciado M.S..
.
M.G., como apoderado general judicial con cláusula especial del trabajador
C R G M, contra la sociedad SPIRIT OF CENTRAL AMERICA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Antiguo Cuscatlán ,
Departamento de La Libertad, reclamando indemnización por despido injusto, vacación y
aguinaldo proporcionales, sentencia mediante la cual, la señora Jueza resolvió lo siguiente:
“(…) FALLO: a) Desestímanse las excepciones de pérdida de confianza del patrono en el
trabajador, cuando éste desempeña un cargo de dirección, vigilancia o fiscalización, u otro
de igual importancia y responsabilidad, establecida en el Art. 50, n° 3 del Código de
Trabajo, y por desobedecer el trabajador al patrono o a sus representantes en forma
manifiesta sin motivo justo y siempre que se trate de asuntos relacionados con el
desempeño de sus labores, Art. 50, n° 16, alegadas por el licenciado J.F.
.
P.R.G., mediante su escrito de fs. 30 Y 31, en su calidad de apoderado
general judicial de SPIRIT OF CENTRAL AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE; b) Estímase la pretensión de indemnización por despido injusto,
vacación y aguinaldo proporcional incoada en la demanda de fs. 2 y 3, por M S M G, en su
calidad de apoderado judicial con cláusula especial del trabajador C R G M; en
consecuencia, condénase a SPIRIT OF CENTRAL AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, a pagar al trabajador C R G M, la cantidad de
NOVECIENTOS SETENTA Y DOS DÓLARES CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en los conceptos siguientes,
así: 1) CUATROCIENTOS TREINTA Y UN DÓLARES CON SESENTA Y SIETE
CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de
indemnización por despido injusto; 2) OCHENTA Y DOS DÓLARES CON OCHENTA Y
SIETE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de
vacación proporcional; 3) CIENTO TRES DÓLARES CON TREINTA Y TRES
CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de aguinaldo
proporcional; y 4) TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DÓLARES CON
CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, como salarios caídos es la presente instancia. (…)”. -

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