Sentencia Nº INC-APEL-92-16-11-18 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana, 21-11-2018

Sentido del falloRevocase el auto definitivo venido en apelación.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha21 Noviembre 2018
Número de sentenciaINC-APEL-92-16-11-18
Tribunal de OrigenJUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA
EmisorCámara de lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana
INC-APEL-92-16-11-18
CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE OCCIDENTE: Santa Ana, a las
nueve horas y treinta minutos del día veintiuno de Noviembre del año dos mil dieciocho.-
Por recibido el oficio No. 1892, de fecha 14 de Noviembre del corriente año, recibido en
esta Cámara el día dieciséis del mes y año antes indicados, junto con el Proceso de Ejecución
Forzosa clasificado al Número Único de Expediente: 00029-17- CVEF-3CM1, Ref.: EF-06-17-
CII, que consta de 157 folios, procedente del Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de esta
ciudad, promovido por el Licenciado FREDY ALEXANDER VALENCIA MARTINEZ, en su
calidad de apoderado general judicial del señor FRM, contra el señor CERS, dentro del cual se ha
promovido Proceso de Tercería de Dominio por la señora GMAG, a través de su Apoderado
General Judicial Licenciado CARLOS ALBERTO MARTINEZ MOJICA, en contra del
ejecutante señor FRM, y contra el ejecutado señor CERS; así como el escrito de apelación,
interpuesto por el Licenciado CARLOS ALBERTO MARTINEZ MOJICA, en la calidad antes
indicada, el cual queda agregado al Expediente de este Tribunal bajo la Referencia No. 92-16-
11-18.-
EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO.
El auto definitivo impugnado fue pronunciado en el proceso de Ejecución Forzosa por el
señor Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de esta ciudad, a las ocho horas con nueve minutos del
día veintitrés de octubre del corriente año, en el que resolvió entre otras cosas, rechazar la
demanda de Tercería de Dominio interpuesta por el Licenciado CARLOS ALBERTO
MARTINEZ MOJICA, en su calidad de apoderado general judicial de la señora GMAG, en
contra del ejecutante señor FRM y del ejecutado señor CERS, de conformidad a lo dispuesto en
el Art. 267 CPCM; y como tal, admite recurso de apelación de conformidad a los Arts. 277 y 508
CPCM, el cual fue interpuesto en forma escrita, dentro del término que establece el Art. 511
CPCM, expresando con claridad y precisión los fundamentos en que se basa, por lo que, siendo
competente tanto en grado como en territorio esta Cámara para conocer del mismo, se
RESUELVE:
ADMITESE el recurso de apelación interpuesto, tiénese por parte apelante a la señora
GMAG, representada procesalmente por el Licenciado CARLOS ALBERTO MARTINEZ
MOJICA, a quien se le da la intervención de ley en esta instancia; notifíquesele en la Oficina
Jurídica ubicada en ********** de esta ciudad, lugar señalado en su escrito de apelación. -

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR