Sentencia Nº INC-APEL-47-03-05-17 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana, 09-06-2017

Sentido del falloCONFIRMASE por las razones jurídicas de esta Cámara, la improponibilidad de la pretensión de Amparo de Posesión recurrida, por estar la misma arreglada a derecho.
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION CONTRA AUTOS
MateriaCIVIL Y MERCANTIL
Fecha09 Junio 2017
Número de sentenciaINC-APEL-47-03-05-17
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
INC-APEL-47-03-05-17
CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE OCCIDENTE: Santa Ana, a las
catorce horas del día nueve de Junio del año dos mil diecisiete.-
1. IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO Y PARTES.
El auto definitivo que se conoce en apelación ha sido pronunciado a las quince horas y
quince minutos del día ocho de Marzo del año dos mil diecisiete, por el señor Juez Segundo de lo
Civil y Mercantil de esta ciudad, en el Proceso Posesorio de Amparo de Posesión con Número
Único de Expediente 01030-16-CVPP-2CM1; promovido por los Licenciados CARLOS ODIR
ESCOBAR MARTÍNEZ y MARÍA ELIZABETH FIGUEROA SAMBRANO, el primero de
cuarenta años de edad, Abogado, del domicilio de ésta ciudad y la segunda de treinta y seis años
de edad, Abogada, del domicilio de Candelaria de La Frontera, departamento de Santa Ana,
actuando en sus calidades de Apoderados Generales Judiciales del señor ADOLDO ANTONIO
A. M., de cincuenta y tres años de edad, Albañil, del domicilio de Candelaria de La Frontera de
este departamento, proceso incoado en contra de los señores MORIS MAURICIO T. A., quien
compareció al proceso con el nombre de MORIS T. A. y GLORIA GUADALUPE A., quienes
son el primero de cuarenta y un años de edad, Motorista y la segunda de treinta y seis años de
edad, Estudiante, ambos del domicilio de Candelaria de La Frontera, departamento de Santa Ana,
representados por su Defensora Pública de Derechos Reales y Personales de la Procuraduría
General de la República Licenciada MIRNA ELIZABETH PORTILLO ARTIGA, quien es de
treinta y tres años de edad, Abogada y de este domicilio, a efecto de que en sentencia estimativa
se ampare la posesión que el señor ADOLDO ANTONIO A. M. tiene sobre el inmueble de
naturaleza rústica, situado en el Cantón [...], jurisdicción de Candelaria de La Frontera,
departamento de Santa Ana, lote marcado en el plano respectivo con el número [...] del Polígono
[...], y se ordene a los señores MORIS MAURICIO T. A. y GLORIA GUADALUPE A. la
restitución de dicho inmueble y la indemnización de daños y perjuicios.-
Han intervenido por la parte actora en primera y segunda instancia, los Licenciados CARLOS
ODIR ESCOBAR MARTÍNEZ y MARÍA ELIZABETH FIGUEROA SAMBRANO, de las
generales antes mencionadas; por la parte demandada ha comparecido en ambas instancias la
Licenciada MIRNA ELIZABETH PORTILLO ARTIGA. -
I.I RESOLUCIÓN IMPUGNADA.-
La parte actora, se ha alzado del auto definitivo pronunciado a las quince horas y quince

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