Sentencia Nº L-29-23-07-20 de Cámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, 28-07-2020

Sentido del falloSentencia absolutoria
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaLABORAL
Fecha28 Julio 2020
Número de sentenciaL-29-23-07-20
Tribunal de OrigenJUZGADO DE LO LABORAL, SAN MIGUEL
EmisorCámara de lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
L-29-23-07-20.
CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: San Miguel, a las
quince horas y veinticinco minutos del día veintiocho de julio de dos mil veinte.-
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y DEL PROCESO.
1. Vista en apelación la sentencia definitiva, pronunciada por el señor Juez de lo Laboral de
esta ciudad, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día cinco de marzo del año dos mil
veinte; en el PROCESO INDIVIDUAL DE TRABAJO, promovido por el Licenciado
CARLOS MAURICIO CHICAS RODRIGUEZ, mayor de edad, Abogado, de este domicilio,
con tarjeta de identificación de abogado número: ***********, defensor público laboral,
delegado en esta ciudad por la señora Procuradora General de la República, en representación de
la trabajadora, señora BEMM, mayor de edad, vendedora, de este domicilio, con Documento
Único de Identidad número: ***********; actuando también la Licenciada LILIANA
MARGARITA MARTINEZ MARIN, mayor de edad, abogada, de este domicilio, en la misma
calidad; contra la señora MEEG, mayor de edad, comerciante, de este domicilio, con Documento
Único de Identidad número: ************; representada en el proceso por sus apoderados
generales judiciales, licenciados EDWIN PERLA PRUDENCIO y ABELINA PERLA
CONTRERAS, ambos mayores de edad, abogados, de este domicilio; con tarjetas de
identificación de abogado, en su orden, números: **********; reclamándole indemnización por
despido injusto, salarios no devengados por causa imputable al patrono por maternidad y otras
prestaciones.
2. El expediente ha sido clasificado en el tribunal de origen bajo la referencia: 328-2019
(RN); y en esta Cámara con la referencia: Ref. L./#29/23-07-20.
3. Han intervenido en primera instancia ambas partes, en la forma relacionada, hasta el
pronunciamiento de la sentencia, de la cual ha interpuesto recurso de apelación, el licenciado
EDWIN PERLA PRUDENCIO, en representación de la señora MEEG.-
4. La presente sentencia se pronuncia por el Licenciado JOSE SALOMON ALVARENGA
VASQUEZ, en calidad de Magistrado Presidente de esta Cámara, y por el Licenciado
AUGUSTO ANTONIO ROMERO BARRIOS, como Segundo Magistrado de Cámara, en
funciones.
II. ANTECEDENTES DE LOS HECHOS:

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