Sentencia Nº P-153-PC-SENT-2019-CPPV de Cámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente, 16-01-2020

Sentido del falloDECLÁRASE NULA ABSOLUTAMENTE LA SENTENCIA CONDENATORIA
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
EmisorCámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente
MateriaPENAL
Fecha16 Enero 2020
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaP-153-PC-SENT-2019-CPPV
Delito Extorsión
Tribunal de OrigenTRIBUNAL DE SENTENCIA DE SAN VICENTE
P-153-PC-SENT-2019-CPPV
CÁMARA DE LA TERCERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Vicente, a las dieciséis horas del
día dieciséis de Enero de dos mil veinte.
La presente Sentencia es pronunciada por el señor Magistrado Presidente Doctor Carlos
Rodolfo García Funes y por la Magistrada Suplente Doctora Victoria Domínguez de Palacios.
Las presentes actuaciones se han remitido a esta Cámara a fin de que se resuelva el
RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la Defensa Particular, a través de los Licenciados
FRANCISCO EDGAR ULISES VILLATORO FLORES y JOSÉ VALENTÍN RUBIO
ARÉVALO, en contra de la SENTENCIA CONDENATORIA dictada a las ocho horas y treinta
minutos del día doce de Abril del año dos mil diecinueve, por el Tribunal de Sentencia de la
ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, por medio de la cual se CONDENÓ a las
procesadas ACRS, soltera, de oficios domésticos, hija de ********* y de **********, residente
en ************ del Municipio de Rosario de Mora, Departamento de La Paz; y MJRV, de
cincuenta y ocho años de edad, soltera, de oficios domésticos, originaria de Jucuarán, del
Departamento de Usulután, residente en ************ del Municipio de Rosario de Mora,
Departamento de La Paz, por el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 214
del Código Penal, en perjuicio de la víctima CLAVE PAPAYA.
I.- DECISIÓN IMPUGNADA:
El expediente del proceso relacionado ha sido enviado a esta Cámara, con el propósito de
que este Tribunal resuelva el RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la Defensa
Particular, a través de los Licenciados FRANCISCO EDGAR ULISES VILLATORO FLORES y
JOSÉ VALENTÍN RUBIO ARÉVALO, en contra de la SENTENCIA CONDENATORIA,
dictada a las ocho horas y treinta minutos del día doce de Abril de dos mil diecinueve, por el
señor Juez del Tribunal de Sentencia de la ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente,
Master JUAN BARQUERO TREJO.
II.- PARTES TÉCNICAS:
En calidad de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, el Fiscal del caso
que actúa como tal, es el Licenciado EDUARDO FIGUEROA SALDAÑA; como Defensa
Técnica de la acusada ACRS, actúa el Defensor Público Licenciado GILBERTO CANIZALES
RIVAS y como Defensa Técnica de la acusada MJRV, actúan los Defensores Particulares

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