Sentencia Nº P-39-PC-CPPV-2021 de Cámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente, 14-04-2021

Sentido del falloConfirma la sentencia condenatoria
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION CONTRA SENTENCIAS
Fecha14 Abril 2021
Número de sentenciaP-39-PC-CPPV-2021
Delito Homicidio en grado de tentativa
Tribunal de OrigenTribunal Primero de Sentencia de Zacatecoluca, departamento de La Paz
EmisorCámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente
P-39-PC-CPPV-2021
CÁMARA DE LA TERCERA SECCIÓN DEL CENTRO: S..V., a las quince horas y
treinta minutos del día catorce de Abril de dos mil veintiuno.
La presente sentencia es pronunciada por los señores M.D..S..E..
.
M. y Martes J.B.T..
I.- DECISIÓN IMPUGNADA:
Las presentes actuaciones recursivas legalmente se han remitido a esta Cámara a fin de
que se resuelva el RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la Defensa Particular, ejercida
por el Licenciado H.E..A.A., en contra de la SENTENCIA
CONDENATORIA, de las ocho horas del día diez de Diciembre del año dos mil veinte, dictada
por el señor J. del Tribunal Primero de Sentencia de la ciudad de Zacatecoluca, Departamento
de La Paz, Licenciado O.A.G.R., por medio de la cual
CONDENÓ a la pena de DIECISÉIS AÑOS DE PRISIÓN, al imputado RAGB, por el delito
de HOMICIDIO agravado en grado de tentativa, previsto y sancionado en los Arts. 128 y 129N°
3 en relación con el Art. 24 todos del digo Penal, en perjuicio de la víctima ÓACS.
II.- PARTES TÉCNICAS:
En calidad de Agente Auxiliar del señor F. General de la República, la. Licenciada
M..D..C..R..A.; y como Defensa Particular del
procesado RAGB, el Defensor Particular, Licenciado H..E..A..
.
A., quien actúa conjuntamente con el Licenciado G.R.C...
.
R..
III.- HECHOS SOMETIDOS A JUICIO:
Los hechos por los cuales se conoció en la Vista Pública acusados al procesado RAGB,
son los siguientes: “““““““““ El día veintiséis de Enero del año dos mil veinte, a eso de las doce
horas y quince minutos mientras la víctima el señor OACS, ingresaba a su lugar de residencia, la
cual se encuentra ubicada en **********, de la jurisdicción de San Juan Nonualco,
departamento de La Paz, observó a cuatro sujetos los cuales portaban armas de fuego en sus
manos y estos empezaron a dispararle por lo que la víctima empezó a correr, evitando de esta
manera ser lesionado por dichos disparos, logrando así salvaguardar su vida además logra
reconocer a dos de los sujetos responsables del ataque, los cuales identifica como RAGB, alias
El G*** y NJ, alias S***, ambos pertenecientes a la Mara SM, razón por la cual se hace

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