Sentencia Nº TS-138-2017 de Tribunal de Sentencia San Francisco Gotera, 28-03-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia San Francisco Gotera
Fecha28 Marzo 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaTS-138-2017
Delito Homicidio agravado
TS-138-2017
TRIBUNAL DE SENTENCIA, SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE
MORAZAN: a las ocho horas con treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil
diecinueve-.
A partir de las catorce horas del día siete de marzo del año dos mil diecinueve, se instaló
la Vista Pública en la Sala de Audiencias Virtuales del Centro Judicial “Lic. Orlando Ramírez
Macay”, de esta ciudad, en la que el suscrito Juez designado, Licenciado OSCAR RENE
ARGUETA ALVARADO, conoció en forma Unipersonal en Juicio Oral y Público sobre la
causa penal registrada con número de entrada TS 138/2017, bajo la modalidad virtual, conforme
al Art. 4 del Decreto 321 del uno de abril del año dos mil dieciséis, prorrogado mediante el
Decreto 602 del treinta de abril del dos mil diecisiete, y la segunda con el Decreto Legislativo
945 del seis de abril del año dos mil dieciocho, y según el Decreto Legislativo número 93, las
cuales pasan de medidas transitorias a permanentes, de fecha treinta y uno de agosto del año dos
mil dieciocho, instruida contra los imputados detenidos, señores: 1) C G R D, alias C***, de
veinte años de edad, acompañado con **********, agricultor y panadero, hijo de **********
originario de San Francisco Gotera y con residencia en **********, jurisdicción de **********,
de este departamento; 2) D A M A, alias P*** o “Z***, de veintitrés años de edad,
acompañado con **********, jornalero, hijo de **********, originario de San Francisco Gotera
y con residencia en ********** jurisdicción de **********, de este departamento; 3) E N G P,
alias P***”, de veintisiete años de edad, acompañado con **********, ayudante de albañil,
hijo de **********, originario de San Francisco Gotera y con residencia en **********,
jurisdicción de **********, de este departamento; y 4) E R D M, alias P***”, de veintiún años
de edad, soltero, jornalero, hijo de **********, originario de San Francisco Gotera y con
residencia en **********, jurisdicción de **********, de este departamento, Morazán; quienes
venían siendo procesados en este Tribunal, por el delito de FEMINICIDIO AGRAVADO,
tipificado en el Art. 45 literales a), b), y c) en relación al Art. 46 literal b), y d) de la Ley
Especial para una Vida libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), calificación jurídica que
conforme al Art. 397 Pr Pn fue modificada definitivamente al delito de HOMICIDIO
AGRAVADO, tipificado en el Art. 128 en relación con el Art. 129 N° 3 ambas disposiciones
del Código Penal, en perjuicio de la señora **********; audiencia en la que actuaron como
Representante del Fiscal General de la República, el Licenciado JAIME OMAR ORTEZ
ALVAREZ, y la Licenciada MELIDA PATRICIA JIMENEZ, como Defensores públicos de
los imputados D A M A, E R D M, y C G R D, los Licenciados MIRIAN PAOLA
PRUDENCIO DE MEDRANO y BYRON ANTONIO TORRES ARIETA; y como Defensor
Particular del imputado E N G P, el Licenciado NELIN GODOFREDO FLORES
ARGUETA.-
Y CONSIDERANDO:
I. Que según Dictamen de Acusación agregado de folios 211 al 222, presentado en el
Juzgado Primero de Primera Instancia de esta ciudad, el día veintitrés de junio del año dos mil
diecisiete, por el Licenciado Carlos Alberto Díaz Hernández, en su calidad de Representante
del Fiscal General de la República, en contra de los imputados, señores: 1-C G R D, alias
C***, 2-, D A M A, alias P***” o Z***, 3- E N G P, alias P*** y 4- E R D M, alias
“P***”, acreditándoles el delito de FEMINICIDIO AGRAVADO, tipificado en el Art. 45
literales “b”, en relación al Art. 46 literal “c”, y “e” de la Ley Especial para una Vida libre
de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de la ahora occisa señora **********;
sosteniendo como relación circunstanciada de los hechos, lo siguiente: “…Que el día miércoles
doce de octubre del año dos mil dieciséis, como a eso de las dieciséis horas con treinta minutos,
sobre la intersección del pasaje Dulce nombre de Jesús y la Avenida Yasmin, de la colonia Las
Flores de la ciudad de San Francisco Gotera, lugar que esta ubicado al costado Norte del
Polideportivo de esta misma ciudad, en momentos que la hoy occisa ********** se conducía a
pie sobre dicho Pasaje, quien se dirigía a su casa de habitación ya que ella vivía en **********,
y regresaba de su trabajo, ya que ella laboraba en ********** de la ciudad de San Francisco
Gotera; dicho Centro es una dependencia del ISNA (Instituto Salvadoreño Para el Desarrollo
Integral de la Niñez y Adolescencia), y a esa hora transitaba por dicho lugar todos los días, ya
que tenía que ir a marcar la hora de salida a las instalaciones del polideportivo, momento en el
cual fue interceptada por cuatro sujetos que la estaban esperando en la intersección del
mencionado pasaje y el avenida Yasmin de la referida colonia; siendo estos: 1- C G R D, alias
C*** 3- D A M A, alias P*** O Z***, 4- E R D M alias P, quienes portaban armas de fuego;
y al encontrarse la señora M B C M como a un distancia de tres metros de dichos sujetos, fue
cuando estos sin mediar palabras comenzaron a dispararle, con la armas de fuego que ellos
portaban; consecuentemente, ella de inmediato cae al suelo ya sin vida y posteriormente estos
sujetos salen huyendo, dos de ellos hacia el poniente y los otros dos hacia el oriente, juntamente
con otros cuatro sujetos que participaban en el cometimiento del mismo hecho, realizando
labores de vigilancia, quienes se encontraban sobre el mismo pasaje Dulce Nombre de Jesús,
como a unos veinte metros al oriente del lugar donde le quitaron la vida a la señora **********
…”, ofreciendo dicho profesional para fundamentar la imputación entre otras: A) PRUEBA
PERICIAL: consistente en 1) Protocolo Forense de Levantamiento del cadáver de **********,
practicada por el médico forense, Doctor Erick Antonio Rodríguez Turcios, 2) Necropsia
practicada en el cuerpo de la víctima, señora **********, practicada por el médico forense,
Doctor Moisés Valentín Cortez Umanzor, 3) Reporte de Análisis de toxicología Forense
practicada a la occisa **********; B) PRUEBA DOCUMENTAL: 1) Acta de Inspección
ocular del levantamiento del cadáver de ********** ; 2) Álbum fotográfico y croquis de
ubicación del levantamiento de cadáver; 3) Certificación de Partida de Defunción; 4) Resolución
Fiscal, por medio del cual se adoptan Medidas de Protección Urgentes Ordinarias a favor del
testigo con régimen de protección con clave “JOSIAS”; 5) Solicitud dirigida a la Unidad
Técnica Ejecutiva, con la cual se confirman las Medidas de Protección Urgentes Adoptadas a
favor del testigo con régimen de protección con clave “JOSIAS”; 6) Oficio dirigido a la Unidad
Técnica Ejecutiva; 7) Certificación de Resolución emitida mediante Oficio Número cero uno dos
uno/ dos mil diecisiete OR; 8) Resolución Fiscal de Detención Administrativa de fecha uno de
enero de dos mil diecisiete; 9) Oficio sin número dirigido al Juzgado de Paz de Guatajiagua, del
treinta y uno de enero del dos mil diecisiete; 10) Oficio Número treinta y siete de fecha treinta y
uno de enero del dos mil diecisiete, suscrito por el Juez de Paz de Guatajiagua, mediante el cual
se autoriza el Registro con Prevención de Allanamiento en la vivienda del imputado E N G P, 11)
Acta de Registro con Prevención de Allanamiento en la vivienda del imputado E N G P; 12)
Direccionamiento Fiscal de fecha treinta de noviembre del año dos mil dieciséis; 13) Acto de
prueba consistente en reconocimiento en Fila de Personas, realizado por el Juzgado segundo de
Paz de Ciudad Barrios, con fecha nueve de del mes de junio del dos mil diecisiete; 14) Acto de
Prueba consistente en Reconocimiento Judicial en fila de fotografías, realizado por el Juzgado
Primero de Primera Instancia; 15) Acto de Prueba consistente en Reconocimiento en fila de
personas de los imputados C G R D y E G V R; y C) PRUEBA TESTIMONIAL: por medio del
testigo que goza de Régimen de Protección identificado con la Clave “JOSIAS”.-
II- Que según consta de folios 281 al 288, el señor Juez Primero de Primera Instancia de
esta ciudad, durante la Audiencia Preliminar celebrada el día veintidós de septiembre del año dos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR