Sentencia Nº U-174-10-18 de Tribunal de Sentencia de Usulutan, 09-12-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Usulutan
Fecha09 Diciembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentenciaU-174-10-18
Delito Tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego
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: Usulután, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día
nueve de diciembre de dos mil diecinueve.
Causa número U
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8 contra D
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R, de cuarenta y dos años de edad, casado con
**************, comerciante, originario y domiciliado en **************, residente en
**************, nacido el día veinte de julio de mil novecientos setenta y siete, hijo de
************** y de **************, no apareciendo este como tal en su documentos; datos
de identificación que han sido proporcionados por el procesado, los cuales han sido parcialmente
confrontados con su Documento Único de Identidad número: **************
(**************); procesado por el delito de A
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, previsto y sancionado en el Art. 154 y 155. del Código Penal, en perjuicio de la
autonomía moral de M
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; y, por el delito de T
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sancionado en el Art. 346-B lit. “b)” del Código Penal, en perjuicio de L
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A.
.
Audiencia celebrada bajo la formalidad del procedimiento abreviado, presidida por el Juez Hugo
Noé García Guevara. Han intervenido ante este Tribunal, como representante del señor Fiscal
General de la República la Licenciada Joselyn Alejandrina Bermúdez Hernández, y como
Defensor Particular del imputado el Licenciado Iván Prieto Valladares.
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I. Que la Fiscalía presentó acusación contra el imputado por los hechos siguientes: Que como a
las veintidós horas con treinta minutos del día once de marzo de dos mil diecinueve
(22:30/11/03/2019), la victima de nombre MECP, se encontraba en su negocio
**************, el cual se encuentra ubicado en **************; y como a las veintiuna
horas (21:00) el imputado DSR, llego a dicho negocio a consumir bebidas alcohólicas, y al
momento de ingreso se le registro, encontrándole un arma de fuego, razón por la cual los
vigilante se la retuvieron para que pudiera ingresar; pero luego cuando este sale de dicho negocio,
olvida su arma de fuego; pasado diez minutos el imputado DSR regreso para que le devolvieran
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Dej ase const anci a qu e r espe cto al d elit o d e A MENA ZAS CON AGRA VACIÓ N ESPECI AL, pre vist o y
san ciona do en el A rt. 1 54 y 1 55 d el Cód igo Penal , en perjui cio d e la auton omía moral de ME CP , e l
imp utado pr opuso a la víc tima un arre glo con cili atori o q ue compr ende el pag o d e cu atro mi l dó lare s ( $
4,0 00. oo ) a p lazo , el cual venc e el vein tidós de febre ro d e dos mil vein te ( 22/02/2 02 0).

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