Sentencia Nº U-37-03-2021-3 de Tribunal de Sentencia de Usulutan, 01-06-2021

Sentido del falloABSOLUTORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha01 Junio 2021
Número de sentenciaU-37-03-2021-3
Delito Violación en menor e incapaz
EmisorTribunal de Sentencia de Usulutan
U-37-03-2021-3
TRIBUNAL DE SENTENCIA: Usulután, a las quince horas con treinta minutos del día uno de
Junio del año dos mil veintiuno.
Causa Penal número U-37-03-2021-3, seguida contra J D H, quien al ser identificado
manifestó llamarse J D S H, de veintitrés años de edad, jornalero, soltero, nació en Nueva
Granada, el día **********, hijo de **********, residente en Cantón **********, del
municipio de **********, Departamento de **********, con nivel de escolaridad de sexto
grado, a quién se le atribuye la comisión del delito de VIOLACIÓN EN MENOR E INCAPAZ,
previsto y sancionado en el Art. 159 del Código Penal, en perjuicio de la menor **********,
representada legalmente por su madre, señora **********.
La Audiencia de Vista Pública fue presidida por la Juez del Tribunal de Sentencia,
Licenciada C.Y.P. CALLEJAS. Actuaron, como representantes de
la Fiscalía General de la República, la Licenciada B..M.C..
.
P., y como Defensora Particular del imputado, la Licenciada D.P...
.
Q.A..
R E S U L T A N D O:
Que la Fiscalía, conforme al Art. 356 del Código Procesal Penal, presentó acusación
contra el imputado J D H, o J D S H, siendo la teoría fáctica de los hechos los siguientes:
Mediante la investigación se ha determinado que la menor victima **********, que tiene trece
años de edad, y vive junto a su mamá ********** y su papá ********** de treinta y cinco años
y sus dos hermanas ********** de ocho años de edad y ********** de cinco años de edad; que
estudia en la escuela Cantón **********, que cursa sexto grado. Sigue manifestado que ella
tiene una amiga que se llama B H, de veintiséis años de edad aproximadamente, que esa amiga
tiene un hijo de dos años de edad que se llama **********, que su amiga tiene un hermano que
se llama J D H, alias "'m***- de veintitrés años aproximadamente y que ellos son sus vecinos,
que ellos viven con la mamá de los dos en la casa de ella, que esa señora se llama E H.S.
relatando que ella acostumbra a llegar a traer al niño de su amiga para llevarlo a jugar a su casa, y
que un día que no recuerda fecha exacta pero que fue en el año dos mil veinte, la victima llegó a
la casa de su amiga, pero en la casa solo estaba «m***" y el niño de dos años, la señora E, la
mamá de '"m***" y de su amiga andaba en la Milpa; la víctima le dijo a 'm***" que llegaba a
traer al niño, y él imputado la tomo de la mano y la jalo para su cuarto; ahí '"m***" le dijo: "no le
vayas a decir a nadie lo que vamos a hacer", la víctima le dijo: vos tenés otras novias para que les
digas que anden con vos, yo no haré esto con vos" "algún día se me va a salir Y le voy a contar a
mi mama", a lo que el imputado le dijo "no vayas a decir, porque me van a echar la policía".
Luego la victima intenta salir para agarrar al niño que estaba en una hamaca a la par de ese
cuarto, pero el imputado la jala de nuevo, ella se intenta agarrar de la cortina pero él imputado la
regresa y la tira a la cama y se baja la calzoneta negra con rayitas rojas que andaba, la víctima le
pregunta: "¿qué vas a hacer?" y el imputado le contesta: "vos ya habías probado esto?", la víctima
le contesta: "para que querés saberlo, yo no voy a hacer esto", el imputado le contesta que si lo va
a hacer, pero que no le vaya a decir a nadie. En ese momento el imputado se baja el bóxer y le
quita la falda larga color azul que la víctima andaba, así también el bóxer que andaba. Manifiesta
la victima que ella andaba una blusita roja y brazier pero esas dos cosas no se las quito, que luego
comienza a introducirle un dedo de su mano en su vulva, luego la victima observa que él tenía el
pene parado y que se puso un condón y luego le metió el pene suavemente, así estuvo haciendo
eso durante unos diez minutos aproximadamente, y luego el imputado se detuvo y se paró, se
vistió y salió del cuarto, ella manifiesta que no vio si cuando el terminó de hacerle eso el aún
tenía puesto el condón, pero que sintió bien húmeda su parte donde le había metido el pene.
Luego ella se vistió rápido y cuando salió le dijo que se fuera, le dijo que no le dijera a nadie
nada, porque si lo metían preso algún día saldría. Ella se fue rápidamente para su casa, en donde
estaba su mamá y al verla nerviosa ella le contó lo que le había hecho "M***", su mami le dijo
que saldrían y la llevó a un lugar donde al llegar le dice que van a hacerle unos exámenes, luego
ese mismo día la llevaron a Medicina Legal para que la revisaran de su parte genital. La niña
agrega que solo esa vez paso eso, y que era la primera vez que ella lo hacía, que no ha vuelto a
pasar y que tampoco ha vuelto a llegar a casa de su amiga ni ha visto otra vez a "m***" ya que
sus papas ya no la dejan salir de la casa.””
C O N S I D E R A N D O S:
I.- Que luego de apreciadas las pruebas producidas durante la Audiencia de Vista Pública
de un modo integral y según las Reglas de la Sana Crítica, la suscrita J. resolvió todos los
puntos sometidos a su conocimiento, conforme a lo establecido en el Art. 394 del Código
Procesal Penal Vigente, de acuerdo al orden que se expresan en los numerales romanos
siguientes:
II.- En cuanto a la competencia, la procedencia de la Acción Penal y de la Acción Civil.

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