Disposiciones Transitorias Para Regular El Proceso De Ascenso De La Categoría De Subinspector A La De Inspector En La Policía Nacional Civil

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 741

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 159 de la Constituci—n, establece que la Polic’a Nacional Civil tendr‡

    a su cargo las funciones de polic’a urbana y polic’a rural, que garanticen el orden,

    la seguridad y la tranquilidad pœblica, as’ como la colaboraci—n en el procedimiento

    de investigaci—n del delito, y todo ello con apego a la Ley y estricto respeto a los

    derechos humanos.

  2. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 535, de fecha 02 de diciembre de 2010,

    publicado en el Diario Oficial N¼ 239, Tomo 389, del 21 de ese mismo mes y a–o,

    se emitieron las ÒDISPOSICIONES TRANSITORIAS PARA REGULAR EL PROCESO

    DE ASCENSO DE LA CATEGORêA DE SUBINSPECTOR A LA DE INSPECTOR EN LA

    POLICêA NACIONAL CIVILÓ, para Subinspectores del Nivel Ejecutivo graduados

    de las promociones sexta y sŽptima de la Academia Nacional de Seguridad Pœblica

    -ANSP-, que carezcan de expedientes disciplinarios abiertos por faltas graves o

    muy graves.

  3. Que en raz—n de lo establecido en el Considerando anterior, se vuelve necesario

    establecer expresamente que los Subinspectores que participen en el proceso

    ascenso a la categor’a inmediata superior o durante el desarrollo del mismo,

    deber‡n de carecer en el Historial de Servicio de anotaci—n de sanci—n disciplinaria

    por falta grave o muy grave, no cancelada; debiendo dicho ascenso, quedar

    condicionado a que la resoluci—n definitiva emitida por parte del Tribunal

    Disciplinario, lo exonere de toda responsabilidad.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Benito Antonio Lara

    Fern‡ndez, Hortensia Margarita L—pez Quintana, Luis Alberto Corvera Rivas y Carlos Mario Zambrano

    Campos.

    DECRETA las siguientes:

    REFORMAS AL DECRETO LEGISLATIVO N¼ 535, DE FECHA 02 DE DICIEMBRE DE 2010, PUBLICADO

    EN EL DIARIO OFICIAL N¼ 239,TOMO 389, DEL 21 DE ESE MISMO MES Y A„O.

Art. 1 Ref—rmase el Art’culo 1, de la siguiente manera:

ÒOBJETO

Art. 1 El presente Decreto tiene por objeto establecer un procedimiento de ascenso a la categor’a

de Inspector para Subinspector del Nivel Ejecutivo...

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