Tres comentarios sobre la compra de bonos del gobierno salvadoreño

Centro de Estudios JurídicosPor el Imperio del DerechoEl 26 de julio el presidente anunció que enviaría dos proyectos a la Asamblea Legislativa "para asegurar los fondos para hacer una oferta de compra transparente, pública y voluntaria a todos los tenedores de bonos de deuda soberana salvadoreña desde 2023 hasta 2025, al precio de mercado al momento de cada transacción". Analicemos tres aspectos sobre ese tema:1. ¿Los proyectos presentados (y aprobados ese mismo día) son para "asegurar los fondos para hacer una oferta de compra" de los bonos de deuda de 2023 y 2025? No.Lo que se aprobó fue lo siguiente:1.1. Decreto Legislativo 458: autorización al BCR para trasladar al Ministerio de Hacienda un activo que el FMI asignó al país en 2021. Se trata de 275 millones de derechos especiales de giro, que equivalen a unos $360 millones. El artículo 2 de ese decreto legislativo dice que el destino de esos activos es "para que sea utilizado para apoyo presupuestario".1.2. Decreto Legislativo 459: autorización al Órgano Ejecutivo para que suscriba un préstamo con el BCIE por $200 millones.Según el artículo 2 del decreto, el destino del crédito es "reforzar el presupuesto general del Estado para el ejercicio fiscal 2022, en el ramo de Hacienda, para atender transferencias varias y obligaciones generales del Estado".Esto significa que los fondos que autorizan ambos decretos podrán utilizarse para cualquier destino presupuestario que decida el gobierno, y no necesariamente para comprar la deuda soberana de 2023 y 2025.2. ¿El gobierno tiene facultades para comprar la deuda soberana salvadoreña desde 2023 hasta 2025? No.Comprar deuda, aunque sea la que el mismo gobierno emitió y que actualmente tiene a terceros como acreedores, es comprar un activo. De acuerdo con el art. 86 de la Constitución, los funcionarios "no tienen más facultades que...

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