Sentencia nº 3-0-2009 de Cámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente, Cámaras de Apelaciones, 6 de Julio de 2009

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2009
EmisorCámara de la Tercera Sección del Centro, San Vicente
Número de Sentencia3-0-2009
Tipo de ResoluciónInterlocutoria

/*

CÁMARA DE LA TERCERA SECCIÓN DEL CENTRO CÁMARA DE LA TERCERA SECCIÓN DEL CENTRO San Vicente, a las quince horas y cinco minutos del día seis de Julio de dos mil nueve VISTOS EN APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE FOLIOS 17 de la pieza pnncipal, pronunciada por el señor Juez de Primera Instancia de S.P.M., a las nueve horas y doce minutos del día ocho de Junio de dos mil nueve, en el Juicio Civil Ordinano de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, promovido por el señor C.A.A., en su carácter personal y quien en el transcurso del Juicio nombró como su Apoderado General Judicial yAdministrativo al D.J.A.C.Q., en contra del señorJOSÉ B. RAMOS conocido tributariamente comoJOSÉ B.R.G., a fin de que en sentencia definitiva se declare que ha lugar a la prescripción extraordinaria de dominio alegada y al encontrarse ejecutoriada se le extienda certificación de la misma para su correspondiente mscnpción en el Registro de la Propiedad Raíz-La resolución apelada en su fallo, en lo pertinente, DICE:""""" EN CONSECUENCIA Declarase inadmisible la solicitud de JUICIO CIVIL ORDINARIO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO que hace el señor C.A.A. - Ha intervenido tanto en primera instancia, como en segunda instancia, solamente el actor en su carácter personal, porlas razones conocidas en este juicio - LEÍDOS LOS AUTOS Y

CONSIDERANDO

L- Que el peticionario manifiesta en su demanda de folios 1 / 3, que promueve Juicio Civil Ordinario de Prescnpción Extraordinaria Adquisitiva en contra del señor J.B. RAMOS conocido tnbutanamente comoJOSÉ BALTAZAR RAMOS GAMERO II- Que por auto de folios 9 de las diez horas y treinta y cinco minutos del día veintinueve de Junio de dos mil nueve, el señor Juez A Quo, antes de admitir la demanda, le previno al demandante que dentro del término de tres días contados a partir del siguiente de la notificación presentara el onginal del testimonio de la esentura pública de compraventa a favor del señor J.B. RAMOS conocido tnbutanamente por J.B.R.G., ya que con la ÓRGANO JUDICIAL CÁMARADE LA TERCERA SECCIÓN DELCENTRO. 2 demanda solamente está presentando una fotocopia simple y no así su original, asimismo se le previno que manifestara el valor del inmueble objeto de la litis y que aclarara a que se refería cuando decía que se anotara preventivamente la reconvención o mutua petición -ni- Que por escrito de folios 12 /13, el demandante evacúa las prevenciones que se le hicieran y en lo pertinente DIJO TMTMTMTM>TM>>TMTM* a) Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR