December 19, 2018
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Instituciones Autónomas
Organo Legislativo
- Decreto No. 182.- Se prohíbe a partir de la entrada en vigencia de este decreto la importación y comercialización de combustibles con alto grado de contenido de azufre, principalmente el diésel para uso vehicular, debiéndose aplicar en su totalidad la resolución No. 341-2014 (COMIECO-LXVII)
- Decreto No. 208.- Reformas a la Ley transitoria de compensación económica por servicios prestados en el Órgano Legislativo