May 08, 2020
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Instituciones Autónomas
- Acuerdo No. 38.- Se modifica el Acuerdo No. 35 de fecha 14 de abril de 2020, mediante el cual se modificó el Acuerdo No. 31 del 26 de marzo de 2020, el Acuerdo No. 28 del 20 de marzo de 2020, y el Acuerdo No. 22 del 16 de marzo de 2020, estableciéndose una fijación de precios máximos de alcohol en gel y mascarillas según el listado de marcas específicas ahí detallado, es decir sin marca específica, así como también se fijó precio máximo de mascarillas y alcohol gel de ámbito general
- Acuerdo No. 39.- Se modifica el Acuerdo No. 37 de fecha 17 de abril de 2020, que a su vez modificó el Acuerdo No. 33 del 30 de marzo de 2020 y el Acuerdo No. 27 de fecha 19 de marzo de 2020, realizándose modificaciones y fijaciones de precios máximos de listado de marcas específicas y de ámbito general, de los productos que fueron considerados como esenciales siguientes: frijol, arroz, maíz, leche en polvo, huevos, frutas (guineo, plátano y naranja), verduras (cebolla, chile verde, tomate, papa, repollo, güisquil y ajo) y grasas (aceite, margarina y manteca)