Sentencia nº 99-AP-L-2014 de Tribunal de Sentencia de Ahuachapan, 19 de Mayo de 2014
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2014 |
Emisor | Tribunal de Sentencia de Ahuachapan |
Número de Sentencia | 99-AP-L-2014 |
Sentido del Fallo | Posesión y Tenencia |
99-AP-L-2014-3
TRIBUNAL DE SENTENCIA AHUACHAPÁN, a las quince horas veinte minutos del día diecinueve de mayo de dos mil catorce.- Causa Número 99-AP-L-2014-3, seguida por el Pueblo de El Salvador contra S.D.R.C.G., [...], originaria de Ahuachapán, de [...] años de edad, nació el día [...], quien no se identificó con ningún documento de identidad por encontrarse guardando detención provisional, residente en [...], acompañada, hija de [...]; juzgada inicialmente por el delito de Tráfico Ilícito, previsto y sancionado en el artículo 33 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, el cual fue recalificado al delito de POSESIÓN Y TENENCIA tipificado y sancionado en el artículo 34 inciso 2° de la Ley reguladora de Las Actividades Relativas a Las Drogas, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA.- Dirigió la audiencia de vista pública y es responsable de esta sentencia el J.R.A.L.C.. Actuaron, como Defensor Público de la acusada el Licenciado R.E.J.V.; y como Representante de la Fiscalía General de la República la Licenciada Y.P.V.. RESULTANDO La representación fiscal acusó a la imputada por los siguientes hechos: "Según acta de remisión y detención de la ahora encartada de las catorce horas con veinte minutos del día catorce de Noviembre del año dos mil trece, se deja constancia por parte del cabo [...] y agente [...], en momentos que en la fecha en comento como a eso de las trece horas con cuarenta y cinco minutos se encontraban realizando control vehicular a la altura del kilómetro ciento diecinueve de la carretera CA-8, que conduce de la frontera Las Chinamas hacia la ciudad de Ahuachapán, por lo que en ese momento observan un microbús de la ruta once "A" siendo el cabo [...]quien efectúa la señal de alto, deteniéndose el conductor dicho vehiculo (sic) y en ese momento el agente [...] procedió a registrar el interior del mismo, observando a una persona del sexo femenino quien se encontraba en el asiento que va contiguo al conductor y quien mostro una actitud nerviosa, por lo que al llamarle la atención de la misma observa que portaba en sus piernas un bolso de material sintético de color rojo/beige/celeste, por lo que el agente [...] la pide que le muestre el bolso y al verificar el interior del mismo, observa que contenía DOS PORCIONES GRANDES DE MATERIAL VEGETAL envueltas en plástico color negro con cinta adhesiva y transparente, por lo que dicho agente procede a identificarla como S.D.R.C.G., ser de [...] años de edad, y ante le presunción de que se trataba de droga marihuana, la manifiesta a dicha investigada que sería trasladada a la Sección de Antinarcóticos de la ciudad de Ahuachapán, para que un agente practicara prueba de campo a lo encontrado. Al llegar a dicho lugar fueron atendidos por la gente [...], a quien el agente [...] le hace entrega del bolso conteniendo las dos porciones grandes de material vegetal, y quien al recibo de dicho material y a presencia de los agentes antes enunciados y de la encartada procede a tomar al azar a una de las porciones y de la que extrae una pequeña muestra y la introduce en un tubo de ensayo que contiene un reactivo específico para droga cocaína, la que al entrar en contacto ambas sustancias, rápidamente le da un resultado POSITIVO CON ORIENTACIÒN A DROGA MARIHUANA, por lo que el mismo la agente [...] procede a embalar, etiquetar como Evidencia número uno. Es por los motivos antes expuestos que se procede a hacerle del conocimiento a la señora S.D.R.C.G. a las catorce horas con quince minutos respecto a su detención, haciéndosele saber los derechos y garantías que la ley confiere" (sic).
CONSIDERANDO
I- Que, de conformidad a lo regulado en los Arts. 15, 86 Inc. Final y 172 Incs.1° y 3° Cn.; 34 inc. 2 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas; 47, 53 Inc. Final y 57 Pr. Pn., el suscrito J. ha sido competente en razón de la materia, grado y territorio para conocer jurisdiccionalmente del ilícito objeto de controversia.- II- En la Audiencia de Vista Pública las partes no interpusieron incidentes. III- En el sentido anotado a efecto de realizar el análisis respecto al juicio de tipicidad, antijuridicidad, reproche y punibilidad, en la medida que resultaren procedentes, el suscrito J. sometió todos los puntos a su conocimiento y en aplicación de las reglas de la sana crítica, procedió a la motivación probatoria, para lo cual se consignará a continuación la fundamentación descriptiva, es decir, la consignación expresa del material probatorio que servirá de base para fundamentar las conclusiones y a la vez se describirá el contenido de cada medio probatorio producido en juicio; en ese orden, la prueba incorporada en la vista pública y su correspondiente valoración es de la siguiente manera: A- DOCUMENTOS DE CARGO INCORPORADOS EN JUICIO: Experticia físico química, agregada de folios 64, practicada por la Licenciada [...], en calidad de perito en análisis de sustancias controladas, de la Policía Nacional Civil, División Policía Técnica y científica, Base Central, San Salvador, el día diecisiete de marzo de dos mil catorce; documento en el cual en lo sustancial se consigna: (...) Análisis Realizado(s) Físico y Químico para determinar el tipo de Sustancia Controlada. ///... Resultado: El peso neto del material vegetal de las evidencias 1.1 y 1.2 es de 4,481.1 gramos y 4,595.8 gramos, respectivamente, haciendo un peso neto total de 9,076.9 gramos; obteniéndose un resultado Positivo.... morfológicas propias de la marihuana...Conclusión: En base a los resultados obtenidos para el material vegetal de las Evidencias 1.1 y 1.2 se concluye que es M., conocida científicamente como Cannabis sativa L. El valor comercial... total de diez mil trescientos cuarenta y siete dólares con sesenta y seis centavos ($10,347.66) (...). Con dicho documento incorporado en la audiencia pública por estipulación de las partes, de conformidad al artículo 178 del Código Procesal Penal, dado que el mismo reunió los requisitos de legalidad por haber sido elaborado por la persona idónea, fue peritaje de utilidad probatoria para tener por establecida la existencia del delito, por cuanto que acreditó que el material vegetal incautado, efectivamente es droga marihuana conocida con el nombre científico de Cannabis Sativa L, clasificada por sus efectos como alucinógena, con un peso neto total de NUEVE MIL SETENTA Y SEIS PUNTO NUEVE gramos (9,076.9 gramos); con un valor comercial de DIEZ MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE DÓLARES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR ($10,347.66). B) PRUEBA TESTIMONIAL DE CARGO: En el presente caso el S. contó en juicio con las declaraciones de los siguientes testigos de cargo: a) El testigo [...], a preguntas de la Fiscalía dijo: Que es empleado de la Policía Nacional Civil, se desempeña como agente y pertenece a la División de Control Migratorio y Fiscal, y es agente desde hace nueve años, actualmente destacado en División Fronteriza de Las Chinamas desde hace cinco años; que dentro de sus funciones están combatir y prevenir todo tipo de delitos; que está presente para declarar como testigo de un procedimiento que se realizó, eso fue el 19-11-2013, es decir el día diecinueve de noviembre de dos mil trece, que ese procedimiento fue como a eso de las trece cuarenta y cinco horas en el kilómetro ciento diecinueve de la carretera CA-8 que conduce de la Frontera Las Chinamas hacia esta Ciudad; que realizó una intervención a un microbús; que en el lugar estaba haciendo un control vehicular; que el testigo estaba con el Cabo [...]; que estaban en el sentido que de la frontera conduce hacia Ahuachapán, se le mandó señal de alto a un microbús el cabo [...]; que el microbús era de transporte colectivo placas [...], que el testigo ingresó al microbús; que previo a ello el testigo estaba en control vehicular; que el testigo ingresó al microbús para una revisión de rutina; que el compañero le daba seguridad al testigo; que tiene facultad de registrar vehículos, que al testigo no le autorizó nadie para ingresar al microbús; el motorista acató la señal de alto; que el testigo ingresó en la puerta de en medio delantera; que el compañero se quedó en la puerta, que luego se dirige a la parte delantera del microbús; que el testigo observó a una persona del sexo femenino que iba a la par del conductor, era persona morena cabello largo; que en el interior iban unas doce a trece personas; que al ver a la persona femenina le observó sobre las piernas una bolsa color rojo y beige de material sintético, que el testigo le solicitó abriera la bolsa y ella la abrió; que el testigo vio dos porciones grandes con plástico negro y cinta adhesiva; que el testigo verificó por medio de unos orificios que tenían los paquetes, que los oficios los tenían los dos paquetes, que observó material vegetal, que el testigo al observar eso la bajó del microbús, que al bajarla la bolsa la tuvo el testigo, se bajaron hacia la carretera; que el compañero estaba en la puerta a unos dos a tres metros; que el compañero solo brindó seguridad; que luego de ordenar a la joven bajar del microbús la llevaron a la sección antinarcóticos a bordo de un equipo policial que tenían; que el testigo llevaba la bolsa bajo custodia; que la persona no portaba documento de identificación y a ella se le preguntó el nombre y le dijo al testigo era...
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