Sentencia nº 743-2014 de Cámara Primera de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 20 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2014
EmisorCámara Primera de Lo Laboral, San Salvador
Número de Sentencia743-2014
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioJuicio Individual Ordinario de Trabajo
Tribunal de OrigenJuzgado Quinto de lo Laboral, San Salvador

743-2014

CAMARA PRIMERA DE LO LABORAL: San Salvador a las ocho horas y cincuenta minutos del día veinte de octubre de dos mil catorce.- VISTOS en apelación de la sentencia pronunciada por el señor Juez de Quinto de lo Laboral de departamento, a las once horas y quince minutos del día uno de julio de dos mil catorce, en el Juicio Individual Ordinario de Trabajo promovido por la Licenciada A.R.C.S., Defensora Pública Laboral, actuando en nombre y representación del trabajador J.J.H.P., contra la sociedad DINANT DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA CAPITAL VARIABLE, reclamando Indemnización por de despido injusto y otras prestaciones laborales. Sentencia en la cual se resolvió lo siguiente: "(...)

FALLO

absuélvase a la sociedad DINANT DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA CAPITAL VARIABLE que se puede abreviar DINANT DE EL SALVADOR, S.A DE C.V., representada legalmente por el D.J.D.M., de la pretensión planteada en la demanda de fs.1, presentada por el trabajador J.J.H.P., reclamando indemnización por despido injusto vacación y aguinaldo proporcional. HAGASE SABER.- (...)".-

Intervinieron como partes en primera instancia las Defensoras Públicas Laborales Licenciadas ANA R.C.S. y S.M.C.F., actuando en nombre y representación del trabajador demandante; y el Licenciado R.A.A.P., en calidad de Apoderado General Judicial de la demandada. En la presente instancia se apersonaron los Licenciados, R.A.A.P. y S.M.C.F.. Actuando en las calidades ya dichas. Todos de este domicilio.- LEIDOS LOS AUTOS,

ANTECEDENTES

DE HECHO

  1. Que con fecha trece de marzo de dos mil catorce, la Licenciada A.R. C.S., presentó demanda que corre agregada a fs. 1 de la pieza principal.-

  2. Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de primera instancia hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el motivo por el cual este Tribunal conoce del juicio en grado.

  3. El señora Juez A quo absolvió a la sociedad demandada de todas y cada una de las pretensiones incoadas en la demanda de mérito, por considerar que: "(...) En el presente juicio, la persona que realizo (sic) el despido según la demanda de folios 1, fue la señora D.A.C.L., en su calidad de Jefe de Recursos Humanos de la Sociedad (sic) demandada,

    dicha calidad de R.P., no ha sido comprobado en autos por ningún medio, ya que al ser cuestionado el doctor J.D.M., sobre si las señora D. A.C. (sic) L., es la Jefe de recursos Humanos de la...

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