Sentencia nº INC-APEL-77-14-07-2016 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 26 de Agosto de 2016

Número de resoluciónINC-APEL-77-14-07-2016
Fecha26 Agosto 2016
MateriaDerecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana

INC-APEL-77-14-07-2016

CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE OCCIDENTE: S.A., a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis.

La sentencia que se conoce en apelación, ha sido pronunciada por el señor Juez Cuarto de Paz de este distrito judicial, a las quince horas y treinta minutos del día veintiocho de junio del año en curso, en las Diligencias de Solicitud de Lanzamiento de Invasor, promovidas por el señor C.A.R., por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado Manuel Vicente R.

T., en contra del señor A.P.G., a efecto de que se ordene su desalojo de dos inmuebles, identificado el primero como Lote [...], del Polígono [...], del Proyecto de Lotificación Agrícola "Hacienda San Cayetano", y el segundo Lotes [...] y [...], Polígono [...], del Proyecto Agrícola denominado Hacienda San Cayetano, ambos inmuebles situados en el Cantón [...], de esta jurisdicción.

Han intervenido en primera instancia, por la parte actora el Licenciado Manuel Vicente R.

T. y, por la parte demandada, los Licenciados Helida Morena U. V. y J.S.M.G. y, en ésta, por la parte actora los L.M.V.R.T. y J.L.M.R. y por la parte demandada los Licenciados Helida Morena U. V. y José Salvador M. G.

ANTECEDENTES

DE HECHO EN PRIMERA INSTANCIA.

Las presentes diligencias; tienen su origen en la solicitud presentada por el Licenciado M.V.R.T., en el carácter en que actúa, en la que en lo principal expone: "Mi poderdante es dueño de dos inmuebles, el primero, antes rústico, ahora urbano identificado como lote número siete del polígono veinticinco del Proyecto de Lotificación Agrícola "Hacienda San Cayetano", de una extensión de veintiocho mil ochenta y cinco punto veintiún metros cuadrados, situado en el Cantón [...], inscrito a la matrícula [...], del Centro Nacional de Registros de la Primera Sección de Occidente; el segundo, inmueble de naturaleza antes rústica, hoy urbano, parte del Proyecto Agrícola Hacienda San Cayetano, segunda porción, polígono [...], lotes [...] y [...], por reunión, situado en el Cantón [...] de esta jurisdicción, de una extensión superficial de veintinueve mil trescientos sesenta y cinco punto ochenta y nueve metros cuadrados, inscrito a la matrícula [...]; que dichos inmuebles se encuentran invadidos por el señor A.P.G.; que deseando mi mandante recuperar la posesión regular sobre dichos inmuebles, vengo a presentar esta denuncia conforme al procedimiento regulado por la Ley Especial para la Garantía de la Propiedad o Posesión Regular de Inmuebles, para que previo el trámite que señalan los Arts. 4, 6

y 7 de dicha ley, se proceda al lanzamiento de la o las personas que lo ha invadido...Para probar los extremos de la solicitud anexo copia certificada de las Escrituras de Compraventa. Que en consecuencia, con base en las disposiciones legales citadas Pido: 1) Admita la presente denuncia;

2) Me tenga por parte en el carácter en que comparezco: 3) Se apersone dentro del término de las veinticuatro horas posteriores de haber recibido la denuncia, al inmueble invadido a fin de realizar inspección de campo y verificar la realidad de los hechos denunciados; 4) Se convoque a audiencia con el fin de que los titulares de los derechos infringidos e invasores aporten las pruebas necesarias; 5) Oportunamente decrete el desalojo o lanzamiento de los posibles invasores."

Para acreditar su pretensión, la parte actora presentó fotocopias certificadas por notario de las Escrituras de Compraventa otorgadas por el señor V.M.F.P. a favor del señor C.A.R., de los inmuebles objeto de las diligencias.

  1. TRAMITE DEL PROCESO

II.I.- En auto de fs. 14 a 15, se declaró no ha lugar la solicitud planteada, por lo que el L.R.T., apeló de dicho auto habiendo este Tribunal ordenado al Juez a quo admitir la solicitud, a lo que le dio cumplimiento, teniendo por parte al referido profesional en auto de fs. 28 de las diligencias.

A fs. 31, se determinó la fecha para la práctica de inspección, la que se llevó a cabo según consta en acta de fs. 38 y en auto de fs. 39, se señaló audiencia de acuerdo al Art. 4 Inc. 3° de la Ley de la materia.

A fs. 41, se mostraron parte los Licenciados Helida Morena U. V. y J.S.M.G., como Apoderados Generales Judiciales del señor A.P.G. y piden que se les tenga por parte, se declare inadmisible la diligencia, por no ser el medio idóneo para recuperar el dominio y posesión de un inmueble; presentaron certificación de Diligencias de Lanzamiento de Invasores, extendida por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR