Sentencia nº 192-17 de Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 11 de Mayo de 2017
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2017 |
Emisor | Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador |
Número de Sentencia | 192-17 |
Sentido del Fallo | Sentencia confirmatoria |
Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
Tipo de Juicio | Juicio Individual Ordinario de Trabajo |
Tribunal de Origen | Juzgado Tercero de lo Laboral, San Salvador |
192-17.-
CAMARA SEGUNDA DE LO LABORAL: San Salvador, a las quince horas y quince minutos del día once de mayo de dos mil diecisiete.
Vistos en apelación de la sentencia pronunciada por el señor Juez Tercero de lo Laboral con sede en esta ciudad,a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de marzo del corriente año, en el juicio individual ordinario de trabajo promovido por la Licenciada M. delCarmenL. de H., como Defensora Pública Laboral, actuando en nombre y representación del trabajador JOSE ABEL, S.C. , contrala sociedad BLOKITUBOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE , de este domicilio; reclamando indemnización por despido injusto, vacación y aguinaldo proporcionales, sentencia mediante la cual, el señor J. a quo absolvió a la sociedad demandada de la acción intentada en su contra.
Intervinieron como partes en ambas instanciasla Licenciada López de H., en el carácter ya indicado; así como el L.J.R.F.R., como apoderado general judicial de la sociedad demandada.
DE HECHO:
I) Que con fecha seis de febrero del corriente año, laLicenciada L. de H., presentó la demanda de folio 2, la cual fue admitida, por lo que se ordenó citar a las partes a celebrar la conciliación de ley con calidad de emplazamiento para la sociedad demandada, diligencia que por inasistencia de esta a la audiencia que para tal efecto se señaló, no se llevó a cabo y a quien se le declaró rebelde por no haber contestado la demanda dentro del término de ley, por lo que se tuvo de su parte, por contestada la misma en sentido negativo. Por escritos de folios 12 y 26, el LicenciadoFuentes R., interrumpió la rebeldía declarada en contra de su representada y alegó y opuso como excepción, la improponibilidad de la demanda.
II) Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de la primera instancia hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el motivo por el cual este Tribunal conoce del juicio en grado.
III) Con un escueto escrito de la apelante, se alegan agravios en esta instancia, señalando la Defensora Pública Laboral que interviene en el caso, que la “única” prueba de...
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