Sentencia nº 115-A-2017 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 28 de Abril de 2017

Fecha de Resolución28 de Abril de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia115-A-2017
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Violencia Intrafamiliar
Tribunal de OrigenJuzgado Primero de Paz de Mejicanos

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN CENTRO, SAN SALVADOR, A LAS QUINCE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE.

El presente recurso de apelación ha sido interpuesto por el Licenciado J.B.A.M. , abogado, del domicilio de San Salvador, quien actúa en representación del señor [...], de treinta años de edad, empleado, del domicilio de [...]. Se impugna la Sentencia proveída por el JUEZ PRIMERO DE PAZ DE [...] , Licenciado J.A.C.C. , en el PROCESO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR con número de referencia V.I. 40-5-2017, promovido por la señora [...] , de veintisiete años de edad, ama de casa, del domicilio de [...], Departamento de San Salvador.

Antes de conocer el fondo del recurso es necesario analizar si este reúne los requisitos de admisibilidad que exige la ley.

  1. A fs. 36/43 corre agregada la sentencia impugnada, pronunciada a las once horas del día veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, en la que se resolvió –entre otras cosas- lo siguiente:

    Se tuvo por establecido los hechos de violencia intrafamiliar denunciados por la señora [...], atribuyéndosele hechos de violencia de tipo psicológica, al señor [...]. El cuidado personal de los niños [...] y [...], se otorgó a favor de la señora [...], estableciéndose un régimen de visitas abierto a favor del señor [...] con respecto de sus hijos; así también una cuota alimenticia provisional a favor de los niños [...] y [...] por la cantidad de CIENTO SETENTA Y CINCO DÓLARES mensuales, siendo el obligado el señor [...]; se ratificaron las medidas de protección a favor de la señora [...] por el plazo de seis meses, en contra del señor [...].

    Inconforme con lo resuelto, el Licenciado J.B.A.M. interpuso recurso de apelación, el cual corre agregado a fs. 48/59.

  2. En primer lugar, cabe acotar que los recursos se utilizan para que en instancia superior se realice un reexamen de las decisiones del Órgano Jurisdiccional; de ello se desprende que la

    sus aspectos fácticos y jurídicos, en interés de la parte agraviada, a fin de garantizar a los litigantes una decisión correcta. Entonces, siendo de tal envergadura los recursos, la ley plantea ciertos requisitos mínimos para su interposición a efecto de garantizar que no se haga con la intención de dilatar la sustanciación del proceso o retardar la ejecución de la resolución.

  3. En orden a lo anterior la doctrina y jurisprudencia señalan como requisitos de admisibilidad del recurso los siguientes:

    1) Procedencia del Recurso : El recurso de apelación...

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